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Convención aprueba norma que impide optar a cargos públicos a condenados por corrupción

Por: Cristian Neira | Publicado: 10.05.2022
Convención aprueba norma que impide optar a cargos públicos a condenados por corrupción Convención Constitucional aprueba el Artículo 13 | Agencia Uno
Este lunes, el Pleno de la Convención Constitucional aprobó una norma que impide que personas condenadas por diversos delitos, entre los que se cuentan económicos, sexuales y de corrupción, puedan optar a cargos públicos. Sólo un convencional votó en contra.

La Convención Constitucional sigue trabajando a tiempo completo para tener listo el borrador de la Nueva Constitución. En ese sentido, este lunes se aprobó una importante norma para erradicar de la política chilena distintos delitos.

Se trata de del Artículo 13 que el Pleno aprobó, que dicta lo siguiente: “No podrán optar a cargos públicos ni a elección los condenados por crímenes de lesa humanidad, delitos sexuales, de violencia intrafamiliar, aquellos vinculados a corrupción como fraude al Fisco, lavado de activos, soborno, cohecho, malversación de caudales públicos y los demás que así los establezca la ley. Los términos y plazos de estas inhabilidades se determinarán por ley”.

Este título fue aprobado por 122 votos a favor, 27 abstenciones y sólo un voto en contra, el del convencional Agustín Squella (Independiente Liberal de Chile).

Dentro de los que se abstuvieron figuran Arturo Zúñiga (UDI), Marcela Cubillos (UDI), Teresa Marinovic (Ind), Jorge Arancibia (UDI), Eduardo Cretton (UDI), Carol Bown (UDI), Rocío Cantuarias (Evópoli) y Fernando Atria (Ind), entre otros.

La aprobación del Artículo 13 fue celebrada por todos los convencionales presentes en el hemiciclo, en un hito importante de la Convención que permitirá alejar los delitos de la política chilena, algo que no está considerado en la actual Constitución.

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