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Convencionales independientes piden al CNTV contar con minutos en la franja electoral

Por: Edgar Pfennings de la Vega | Publicado: 09.06.2022
Convencionales independientes piden al CNTV contar con minutos en la franja electoral Franja electoral (imagen referencial) | CNTV
Más de 40 convencionales firmaron una solicitud para reunirse con el CNTV con el fin de abordar dos propuestas para incluirlos en la franja, antes que el organismo emita una resolución al respecto.

Convencionales de colectivos independientes de la Convención Constitucional enviaron una carta este miércoles a la presidenta del Consejo Nacional de Televisión (CNTV), Faride Zerán, solicitando información detallada respecto a la distribución de minutos en la franja electoral, de cara al Plebiscito del 4 de septiembre.

Hasta ahora el organismo ha informado que habrá 15 minutos para el Apruebo y 15 minutos para el Rechazo, sin conocerse aún la distribución de fuerzas políticas dentro de cada bloque.

En la misiva, convencionales de Movimientos Sociales Constituyentes (MSC), Pueblo Constituyente, escaños reservados, Independientes Nueva Constitución y la Coordinadora Plurinacional piden que sus colectivos sean considerados en la distribución de minutos.

Las agrupaciones enfatizan en el carácter extraordinario de la composición de la Convención, el que a su parecer «requiere ser atendido siguiendo un principio de representación efectiva y democrática por lo que nos parece absolutamente necesaria la participación de la diversidad de fuerzas políticas en una franja que tendrá alcance nacional».

Asimismo, explican que «la participación de escaños reservados de pueblos originarios e independientes en el proceso constituyente marca un fenómeno de representación inédito en la historia política de nuestro país, por lo que resulta del todo ajeno a la composición del órgano buscar una equivalencia respecto al porcentaje de votación en cualquier otra elección regular«.

Ante este escenario inédito, en la carta las y los convencionales firmantes proponen a los miembros del Consejo, dos fórmulas: la primera es interpretar que el tiempo atribuible según el número de representantes del Congreso sea reemplazado por el número de quienes integran la Convención Constitucional, mientras la segunda es considerar los porcentajes de votación de las y los constituyentes electos como criterio para designar los minutos dentro de la franja electoral.

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