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Elecciones del Consejo Constitucional: El límite de gasto para los comicios del 7 de mayo

Por: Cristian Neira | Publicado: 20.01.2023
Elecciones del Consejo Constitucional: El límite de gasto para los comicios del 7 de mayo Imagen referencial sobre propaganda electoral | Agencia Uno
Este viernes, el Servicio Electoral publicó los máximos de gastos electorales permitidos para la elección del Consejo Constitucional de 7 de mayo de 2023.

Cuando falta poco menos de cuatro meses para las elecciones de integrantes del Consejo Constitucional, encargado de redactar la nueva Carta Magna, el Servel publicó el límite de gastos electorales.

Esto, conforme dispone la ley N° 21.533, donde se expresa que ninguna candidatura a integrante del Consejo Constitucional podrá superar un tercio de los límites de gasto electoral establecidos en el inciso segundo del artículo 4 de la ley N° 19.884 que, corresponde a los límites para candidaturas para una elección de senadores.

“En el caso de la circunscripción nacional de pueblos indígenas, se considerará para el cálculo del límite la totalidad de los electores con dicha condición”, informó el Servicio Electoral.

Para efectos de este cálculo, el Servel consideró el valor de la Unidad de Fomento (UF) al día miércoles 18 de enero, el cual era de $35.243,2.

Para el cálculo, se consideró además que el valor de la UF será de $35.243,2, correspondiente al 18 de enero de 2023.

Espacios públicos

Además, Servel informó que, el periodo de propaganda electoral de la Elección del Consejo Constitucional comienza el 8 de marzo, con el despliegue de brigadistas portando elementos no fijos y a través de medios radiales y escritos que, hasta el 26 de febrero, registren sus tarifas en el Servicio Electoral.

A su vez, la utilización de espacios públicos y privados será partir del 7 de abril. “La propaganda electoral en los espacios públicos autorizados por el Servicio Electoral podrá realizarse mediante carteles y afiches que no superen los 2 metros cuadrados, mientras que la propaganda en espacios privados no podrá superar los 6 metros cuadrados y deberá contar con la autorización del propietario, arrendatario o mero tenedor del inmueble en que se instala”, aseguró Servel.

La nómina de espacios públicos autorizados por Servel se publica, con el detalle de las resoluciones, aquí.

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