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Corte de Santiago resolverá si Codelco paga más de $11 mil millones por rescindir contrato

Por: Giglia Vaccani | Publicado: 06.02.2023
Corte de Santiago resolverá si Codelco paga más de $11 mil millones por rescindir contrato Codelco | Agencia Uno
El consorcio internacional chileno-bielorruso, conformado por las empresas Movitec S.A. y Belaz, denuncia una actuación ilegal por cobro anticipado de boletas de garantías y violar acuerdos contractuales.

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolverá hoy lunes la admisibilidad del recurso de protección interpuesto por el consorcio CBM -conformado por las empresas Movitec S.A. y Belaz (empresa y fábrica estatal de la República de Bielorrusia)- en contra de la Corporación Nacional del Cobre (Codelco).

La presentación se realizó el viernes en la tarde luego de que la estatal decidiera rescindir el contrato que mantenía con CBM que estaba a cargo las obras de movimiento de material para la preproducción (prestripping) y construcción de caminos del proyecto estructural Rajo Inca para extender la vida útil de la división Salvador por más de 40 años.

Según el escrito presentado ante el tribunal de alzada capitalino se sostiene que el cobro de las boletas de garantía, ocurrido el día 1 de febrero de 2023, “fue ilegal y arbitrario ya que viola el derecho a desarrollar actividades económicas lícitas y el derecho de propiedad de mi representada, derechos que se encuentran reconocidos en los números 21 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República”.

El abogado Marcelo Castillo, que representa al consorcio, solicitó además a la Corte una orden de no innovar para paralizar el cobro de las cuatro boletas de garantía que suman un total de UF 323.854, que a la fecha de interposición del recurso, ascienden a la suma de $11.431.311.051 (once mil cuatrocientos treinta y un millones trescientos once mil cincuenta y un pesos).

Se pide que Codelco restituya al Banco Santander la suma de UF 323.854, que le fueron pagadas “con motivo del cobro arbitrario e ilegal de las boletas de garantía y que afecta en la misma suma el patrimonio del consorcio”. O que se adopten “de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado”.

Y que “se abstengan de usar, mover o utilizar los equipos, vehículos, perforadoras, maquinaria pesada, bienes y otras materias primas de propiedad del consorcio que se encuentran al interior de la División El Salvador”. Esto mientras no sean devueltas a su dueño, tomando medidas de resguardo, custodia y protección adecuadas.

El consorcio internacional chileno-bielorruso participó en un proceso de licitación pública convocado por Codelco -el 30 de agosto de 2019 y 7 de enero de 2021- con el objeto de proveer los servicios de movimiento de tierra masivo para la preproducción y construcción de caminos, licitación que le fue adjudicada con fecha 22 de marzo de 2021.

Argumentos jurídicos

En el recurso de protección se argumenta que “el cobro sería ilegal y arbitrario” ya que el día 1 de febrero los representantes del consorcio, Jaime Andrés Duch León y Rostislav Lavrenov, recibieron solo una notificación de un correo electrónico de la analista senior de contratos del proyecto Rajo Inca, Carolina Guajardo Revello, en el que se le informaba que se hizo efectiva la garantía. Es decir, cuando los hechos estaban consumados, sin informarle previamente como se establece en el contrato.

En la presentación se cuestiona que la carta fue enviada vía correo electrónico pese a que las Bases Generales de Contratación expresan que la forma para comunicar el término de un contrato es una carta certificada, “formalidad que no se cumplió en el presente caso y que no podrá ser subsanada con posterioridad”.

El abogado Castillo argumenta que la carta enviada al e-mail no tiene fecha “razón por la cual no se sabe con certeza de la suscripción y emisión, lo que es importante para determinar desde cuándo produce sus efectos jurídicos. Aparte de no ser una carta certificada tampoco fue enviada por quien ostenta la representación legal de Codelco, para efectos de este contrato, entendiendo por tales, aquellos que lo suscribieron”.

Agregan que la carta es “inmotivada” porque “sólo enuncia que el consorcio habría incurrido en graves incumplimientos que le imponía el contrato” como un “severo atraso” e incumplimiento de las “disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia de seguridad”; “pero no fundamenta o motiva en qué habrían consistido dichos incumplimientos, materia que en todo caso Codelco no puede determinar unilateralmente, por sí y ante sí, para cobrar arbitraria e ilegalmente la suma de $11.431.311.051.”.

Por último, el recurso dice que el N° 8.3 de las “Bases Administrativas Generales de Contratos de Construcción, Ingeniería y Servicios” establece que Codelco “estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato a título de pena, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, informando previamente al contratista”.

Por estas razones, se concluye en el recurso que Codelco “violó los derechos constitucionales del recurrente, el contrato y las bases administrativas citadas, en forma arbitraria e ilegal, pues no informó previamente al contratista que haría efectivas las boletas de garantía de fiel cumplimiento del contrato, sino que simplemente, las hizo efectivas el día 1 de febrero de 2023, por sí y ante sí, violando el derecho de propiedad, al apropiarse en forma ilegítima de la suma de $11.431.311.051. que es el monto en pesos de las cuatro boletas de garantía que fueron cobradas en el Banco Santander”.

En la presentación se subraya que los hechos descritos “han vulnerado gravemente la buena fe y la confianza empresarial de los inversionistas extranjeros, como la fábrica estatal Belaz de propiedad de la República de Bielorrusia, y la confianza legítima de los administrados, pues Codelco ha obrado de mala fe y en forma subrepticia, ya que nunca comunicó en forma previa la existencia de supuestos ‘incumplimientos graves’ que ameritarían el término anticipado del contrato, el que se estaba ejecutando en forma normal hasta esta semana”.

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