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Autoridades llaman a denunciar a empleadores que no den permiso a bomberos para faltar al trabajo

Por: Daniel Lillo | Publicado: 07.02.2023
Autoridades llaman a denunciar a empleadores que no den permiso a bomberos para faltar al trabajo Bomberos combatiendo incendios forestales | Agencia Uno
El ministro (s) del Trabajo y el director del Trabajo afirmaron que según un dictamen de la dirección del Trabajo en 2017, los bomberos están facultados para ausentarse de sus trabajos para combatir este tipo de emergencias.

El ministro (s) del Trabajo y Previsión Social, Giorgio Boccardo, realizó un llamado a los voluntarios de Bomberos a denunciar a los empleadores que estén ejerciendo presiones para que retornen a sus trabajos, pese a estar combatiendo los mega incendios que siguen activos en la zona Sur del país.

“Como Gobierno queremos ser enfáticos: el Código del Trabajo garantiza el derecho a estas personas a ausentarse del lugar de trabajo mientras dure la emergencia”, comenzó planteando el titular subrogante de la cartera del Trabajo.

En ese sentido, llamó al personal de bomberos a que “hagan las denuncias respectivas ante la Dirección del Trabajo. Seremos implacables con estas empresas y cursaremos las multas respectivas, las que pueden ascender hasta las 60 unidades tributarias mensuales (UTM)”.

Cabe recordar que la protección de los derechos laborales de los y las voluntarias del Cuerpo de Bomberos que acuden a colaborar en emergencias, como los actuales incendios forestales que se registran en la zona sur del país, están definidos en un dictamen emitido por la Dirección del Trabajo el 31 de enero de 2017.

En tanto, el director del Trabajo, Pablo Zenteno, junto con expresar su solidaridad con quienes se han visto afectados por esta situación, recalcó que los voluntarios y voluntarias “están facultados para acudir a llamados de emergencia ante accidentes, incendios u otros siniestros que ocurran durante su jornada laboral, no arriesgando con ello ni su fuente laboral ni sus remuneraciones”.

Esto rige para los contratos enmarcados en el Código del Trabajo, en el Estatuto Administrativo contenido en la ley N°18.834, y en el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales contenido en la ley N°18.883, de aquellas personas que se desempeñen adicionalmente como voluntarios del Cuerpo de Bomberos. “El tiempo que estos trabajadores destinen a la atención de estas emergencias será considerado como trabajado para todos los efectos legales”, expresa la normativa.

Adicionalmente, la Dirección del Trabajo tomó contacto con la Superintendencia de Bomberos, institución que informó que aún no ha recibido denuncias sobre este tema, pero sí varias consultas respecto a cómo opera la normativa en el caso de los voluntarios que asisten a las labores de emergencia.

De todas maneras, los empleadores pueden solicitar a la Comandancia de Bomberos la respectiva acreditación de que el trabajador estuvo prestando servicios en una emergencia.

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