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Documento de 11 miembros de la Comisión Experta enreda negociaciones a última hora

Por: Joaquín Castro Mauro | Publicado: 17.05.2023
Documento de 11 miembros de la Comisión Experta enreda negociaciones a última hora |
Representantes oficialistas confeccionaron un documento con cinco puntos claves que deben ser resueltos para llegar a acuerdo. Esta situación crispó los ánimos en el ex Congreso Nacional y pone aún más presión para cumplir con el plazo fatal: Este miércoles a las 23:59 hrs.

Sorpresa generó en la Comisión Experta la ausencia de todos los representantes oficialistas a todas las reuniones citadas para este martes.

En horas de la tarde, entre los 11 comisionados comenzó a circular un documento titulado «Protocolo de acuerdo Comisión Experta» en el que se tocaban varios temas que se debían resolver con la derecha si es que querían llegar a un acuerdo en los temas que aún están estancados.

En concreto, son cinco puntos claves: Derechos y Libertades, Principios, Corte Constitucional, Iniciativa Exclusiva y Control Preventivo “Fast Track”.

La jugada se hace al filo del plazo que tienen los comisionados para votar las enmiendas y tiene dos objetivos: Retomar la iniciativa en las negociaciones y presionar a la derecha para que cedan en estas materias.

Desde la interna oficialista señalan que las diferencias en Principios y Derechos son tan grandes que ven imposible avanzar, debido a que no se sienten conformes con el estado actual de las tratativas.

La libertad sindical

En el documento se plantea que la libertad sindical es una de las claves para destrabar los nudos ya que, a su juicio, en el artículo aprobado en general se restringen muchas cosas respecto a la huelga y la negociación colectiva.

La propuesta dice: «La Constitución garantiza el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses laborales. Este derecho será ejercido con las limitaciones fijadas por una ley de quórum calificado. La ley podrá limitar este derecho únicamente respecto de las personas que trabajen en corporaciones o empresas que atiendan servicios esenciales de utilidad pública o cuya paralización cause grave daño a la salud, a la vida y a la seguridad de las personas».

Tributos y derechos de agua

Otro de los puntos son los tributos, que no están bien delimitados en lo actualmente aprobado, por ello pretenden modificar ciertos puntos como: «Los tributos que se recauden, cualquiera que sea su naturaleza, ingresarán al patrimonio de la Nación y no podrán estar afectos a un destino determinado».

En cuanto al derecho a propiedad, se presentan nueve puntos que incluyen el rol del Estado en la propiedad de las minas, ley de adquisición de propiedades, tomas de posesión, concesiones para explotar minerales y, el más relevante, las aguas, punto en el que se estableces lo siguiente:

«Las aguas, en cualquiera de sus estados, son bienes nacionales de uso público. En consecuencia, su dominio y uso pertenece a todos los habitantes de la nación. En función del interés público se constituirán derechos de aprovechamiento sobre las aguas, los que podrán ser limitados en su ejercicio, de conformidad con la ley».

Además, quieren darle rango constitucional a los cambios que se hicieron al Código de Aguas durante la última reforma para así flexibilizar la discusión.

Educación

En materia de educación también se propone una modificación. La norma aprobada sobre este tema dice que «la asignación de recursos públicos deberá seguir criterios de calidad, respeto a la libertad de enseñanza y razonabilidad».

La nueva propuesta solamente dice que: «La asignación de recursos públicos deberá seguir criterios de razonabilidad».

Derechos indígenas

Otro punto importante, y que al parecer no se estaba discutiendo en profundidad, son los derechos de los pueblos indígenas.

En el documento se presentan dos propuestas referentes al reconocimiento de estos como parte de la nación chilena y que el Estado «reconoce la interculturalidad como un valor de la diversidad étnica y cultural del país y promueve el diálogo intercultural en condiciones de igualdad y respeto recíprocos».

Corte Constitucional 

Otra de las modificaciones importantes tiene que ver con la toma de conocimiento y el control preventivo de la Corte Constitucional, órgano que reemplazará al Tribunal Constitucional.

El documento plantea que este órgano pueda informar sobre las transgresiones que tengan los proyectos de ley del Legislativo, pero eliminando la facultad actual de bloquear las iniciativas, estableciendo un periodo de tiempo en el que se pueda manifestar esto al Parlamento y al Ejecutivo.

«Informará, por la mayoría de sus integrantes, las consultas sobre las cuestiones de constitucionalidad que se susciten durante la tramitación de proyectos de ley y de los tratados internacionales sometidos a la aprobación del Congreso. La Corte conocerá del asunto a solicitud del Presidente de la República, de cualquiera de las Cámaras o de una tercera parte de sus integrantes, siempre que sea formulado después de despachado el proyecto o tratado por alguna de las Cámaras y, en todo caso, antes de la promulgación de la ley o de la remisión de la comunicación que informa la aprobación del tratado por el Congreso Nacional; y, en caso alguno, después del quinto día del despacho del proyecto o de la señalada comunicación».

 

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