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Laura Albornoz y aprobación del Consejo de norma antiaborto: «Violenta dignidad de la mujer»

Por: Carolina Ceballos | Publicado: 24.09.2023
Laura Albornoz y aprobación del Consejo de norma antiaborto: «Violenta dignidad de la mujer» Laura Albornoz | Cedida
«Enviamos una carta a la Comisión interamericana de DD.HH. (CIDH) en agosto para hacer ver nuestra preocupación por hechos que ponen en riesgo los avances en derechos sexuales y reproductivos en el país, sobre todo el acceso al aborto, solicitándole un pronunciamiento público», detalla la exministra de la Mujer alertando respecto de la amenaza que representa el trabajo del Consejo Constitucional en este ámbito.

Considerando que el miércoles 20 el Consejo Constitucional aprobó la norma que establece el derecho a la vida, apuntando a la necesidad de proteger «la vida de quien está por nacer», votación generada en el contexto de la discusión del Capítulo II sobre “Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales», la abogada y exministra del entonces Servicio Nacional de la Mujer, hoy Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género (Sernameg), Laura Albornoz, comenta cómo visualiza el avance de la cruzada antiabortista que se tradujo en 33 votos a favor de la oposición y 17 en contra del oficialismo.

«​Diversas organizaciones enviamos una carta a la Comisión interamericana de DD.HH. (CIDH), en agosto de 2023, para hacer ver nuestra preocupación por hechos que ponen en riesgo los avances en derechos sexuales y reproductivos en el país, sobre todo el acceso al aborto, solicitándole un pronunciamiento público», detalla la exsecretaria de Estado y académica de la Universidad de Chile, apuntando a la vigencia de la actual ley de aborto que permite el cese de la gestación vía tres causales.

Tres causales

Albornoz recalca además que «la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), aprobada en 2017 en Chile, permite el acceso a este servicio de salud por tres causales, que constituyen situaciones extremas: peligro para la vida de la mujer, inviabilidad fetal de carácter letal o violación».

«Un estudio de la Corporación Miles muestra que, desde la aprobación de la Ley IVE y hasta 2022, 3.851 personas lograron acceder a esta atención de salud. Con todo, hoy persisten limitaciones, como la poca disponibilidad de mifepristona, la descoordinación entre los equipos, la grave desinformación sobre causales y protocolos existentes; se suma a esto la invocación a la objeción de conciencia del personal de salud, extrapolando el valor de esta objeción a las instituciones, dando a entender que estas tendrían conciencia, y elevando arbitrariamente este supuesto, a una posición filosófica-moral», agrega.

Ni iglesias ha zanjado tema

Siguiendo con su análisis, pone sobre la mesa el alcance de algunos discursos que se han escuchado en medio de esta embestida antiaborto. «Son alarmantes las declaraciones recientes de ciertos líderes políticos, que señalan la intención de derogar la Ley Nº 21030. Además, en marzo de 2022, se presentó al Congreso un proyecto que busca modificar el Código Sanitario y eliminar la primera causal: cuando la vida de la mujer se encuentra en riesgo vital», asegura.

«Estos son hechos que de alguna manera violentan la dignidad de las mujeres, al pasar por alto su problemática reproductiva. Aún cuando la nuestra es una cultura cristiana, debemos señalar que ni aún las iglesias han podido determinar a ciencia cierta cuándo el alma habita en el embrión o feto. San Agustín, el padre de la Iglesia Católica, ve que la vida humana comienza en algún momento después de que el feto ya ha empezado a crecer: ‘Pero quién no está dispuesto a pensar que los fetos sin forma mueren como semillas que no han fructificado’ y llegarán a su plenitud potencial por la gracia de Dios al final de los tiempos. Los planteamientos en contra –con o sin fundamentación– se imponen como barrera ante el tema de la interrupción del embarazo», agrega luego la exsecretaria de Estado.

Incluso, Albornoz apela al artículo 12 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), que «establece que los Estados Parte deben asegurar ‘el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia’. La norma consagra la obligación de los Estados de eliminar la discriminación contra la mujer en la salud y atención médica y garantizar a la mujer ‘servicios apropiados en relación con el embarazo, el parto y el período posterior al parto'».

Salud sexual debe garantizarse

«Es decir, según establecen el Comité CEDAW y el Comité DESC, el derecho a la salud sexual y reproductiva debe garantizarse en condiciones de igualdad y sin discriminación», subraya.

Finalmente, alude al «Comité DESC en su Observación General Nº 22». «Señala que ‘el derecho a la salud sexual y reproductiva es indivisible e interdependiente respecto de otros derechos humanos’, y se refirió a las obligaciones jurídicas específicas de los Estados para garantizarlo, como: su respeto, protección y cumplimiento de la norma, es decir, conductas concretas relacionadas con el acceso a servicios de salud».

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