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Opinión

Amnistía: el derecho penal carece de fuerza moral

Por: Alejandro Navarro | Publicado: 05.11.2020
Amnistía: el derecho penal carece de fuerza moral Foto: Sebastián Beltrán | AGENCIA UNO
Amparados en el artículo 65 de la Constitución vigente, que confiere la atribución exclusiva al Senado de la República, hemos planteado la necesidad de una Ley de Amnistía General para los presos de la revuelta, pues creemos que el derecho penal no puede ser invocado con la fuerza moral que amerita contra personas, en su mayoría jóvenes, que protestaron en contra de un régimen social obsoleto que los condenó a vidas precarias.

A partir del 18 de octubre de 2019, Chile entró en una profunda crisis política y social, producto de la caída –quisiéramos definitiva– de la legitimidad del modelo neoliberal. El Estado, que es una compleja red de relaciones de fuerza y consenso, amparado en una visión de la sociedad que se vuelve hegemónica, pretende monopolizar el uso legítimo de la fuerza y así perdió la hegemonía, es decir perdió la conducción política y cultural de la sociedad, perdiendo consecuentemente su legitimidad para monopolizar la coacción.

La consecuencia de ello, fue un espiral de violencia que con mucha dificultad logró ser conducido por cauces institucionales hasta desembocar en la aplastante victoria del pasado 25 de octubre a favor de una nueva Constitución para el país. Cayó un orden social y comienza a emerger otro, esta vez mediante el ejercicio democrático formal, pero el intertanto entre lo que cayó y lo que se está levantando no se salvó de la constante histórica del caos.

El momento cero del Estado siempre es la política, incluso con anterioridad al derecho, en tanto el derecho expresa como norma jurídica las correlaciones de fuerza que hay en una sociedad en un momento dado. El orden social es un equilibrio dinámico, un equilibrio delicado que depende de la capacidad institucional para ir adaptándose a las modificaciones que los cambios en las correlaciones de fuerza exigen. Cuando las correlaciones de fuerza cambian, y las instituciones no se adaptan con la suficiente celeridad, entonces sobreviene la violencia político-social como un intento de la política por forzar a las instituciones para adaptarse. La caída de un orden es violenta, y por necesidad excede al derecho, pues el orden del derecho se queda sin el orden político que lo sustentaba.

Es precisamente lo que sucedió en Chile. El pacto social que se sustentaba sobre la promesa neoliberal del valor del mérito y del esfuerzo cayó. Pero no cayó para una persona, ni para algunos grupos de personas: cayó para la sociedad en su conjunto. Emergió entonces la indignación en sus diferentes formas, como arte, como carnaval, como movilización masiva y también como violencia. Como violencia y transgresión a una norma que dejó de tener legitimidad.

Por ello, las jornadas de protesta vividas en Chile no pueden ser juzgadas como si fueran actos vandálicos tras un evento deportivo, ni como si fuera una pura turba furiosa que atentaba contra el orden social, pues el orden social ya había caído. No fue la violencia del 18 de octubre la que rompió la legitimidad de la ley. Fue la ruptura de la legitimidad de la ley la que provocó la violencia, una violencia de la que aún nos cuesta salir.

A raíz de la violencia social, el Estado respondió con violencia de Estado. El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) contabilizó 3.765 personas heridas, 10.365 personas visitadas en comisarías, 1.835 agresiones por parte de fuerzas estatales y al menos siete muertos en las jornadas de protestas que se extendieron por meses, a los que hay que sumar a 2.500 personas con prisión preventiva, muchas de ellas presas hasta hoy. Es en virtud de estas últimas, y amparados en el artículo 65 de la Constitución vigente, que confiere la atribución exclusiva al Senado de la República, que hemos planteado la necesidad de una ley de amnistía general para los presos de la revuelta, pues creemos fervientemente que el derecho penal no puede ser invocado con la fuerza moral que amerita contra personas, en su mayoría jóvenes, que protestaron en contra de un régimen social obsoleto que los condenó a vidas precarias.

No justificamos la violencia. Condenamos la violencia. Pero entendemos que cuando esta se produce en un escenario de convulsión social, de caída del orden establecido, y la sociedad quiere reencontrarse en la construcción de una nueva paz, se requiere del perdón institucional para que se erija como una paz duradera.

Alejandro Navarro