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Opinión

Derechos lingüísticos en el debate constituyente

Por: Elisa Loncon y Gertrudis Payas | Publicado: 22.01.2021
Derechos lingüísticos en el debate constituyente Machi Francisca Linconao | Agencia Uno
Según la ONU en el mundo existen 7 mil idiomas, de los cuales 2.680 están el peligro de desaparecer. En Chile, todas las lenguas indígenas están en riesgo de desaparecer debido a la ausencia de políticas que incentiven su uso público, y a la falta de valoración social, además del racismo y la discriminación sufridos por los pueblos que las hablan.

La lengua propia o primera lengua es el principal vehículo de comunicación y de expresión con el que cuentan los hablantes, en especial cuando quieren profundizar en los significados, valores y visión de mundo de sus respectivas comunidades lingüísticas. Su uso se vuelve mucho más necesario en contextos de bilingüismo no equilibrado (es decir, cuando una lengua predomina sobre la otra), sobre todo si se trata de hablantes mayores que desempeñan roles tradicionales en su cultura y lengua propias, y para quienes la otra lengua es impuesta y les impide expresarse libremente. La reciente entrevista a la machi Francisca Linconao en el programa de televisión Mentiras Verdaderas fue un claro ejemplo de cómo se ejerce la imposición de una lengua dominante. Dejando de lado el hecho de que la conexión de internet de la machi no era buena, que el periodista no se informó como debía acerca de su entrevistada, que no hacía ningún esfuerzo por darse a entender, que traía sus comentarios y preguntas redactados (hasta con citas de políticos); dejando de lado estos aspectos, que merecerían discusión, lo que queremos recalcar aquí es el hecho de la notoria asimetría lingüística. Entre el periodista y la machi no se pudo dar diálogo; el periodista hablaba más de la cuenta, incómodo por los silencios de la machi, y era evidente en ella el esfuerzo por oír y entender lo que se le preguntaba en medio de la avalancha de palabras, a veces muy técnicas, pronunciadas rápidamente. El desconocimiento de las lenguas o registros de habla de ambos hizo muy patente la diferencia en el vocabulario y en las construcciones de las frases: el periodista no sabía mapuzugun, y la machi no conocía suficientemente el estilo discursivo empleado por el entrevistador. El hecho entorpeció la comunicación, limitó la libre expresión de la machi y, por lo tanto, la posibilidad de explicar su propuesta constituyente.
En la cultura mapuche, la machi es una autoridad, conocedora del sistema de salud mapuche y de la filosofía de su pueblo; es una persona sabia y una guía espiritual. Además de esto, la machi Francisca Linconao tiene como lengua propia el mapuzugun, y tiene el derecho de expresarse en su lengua. Si el conductor del programa lo hubiese reconocido, y hubiera actuado en consecuencia, se podría haber instalado una buena discusión respecto a la nueva constitución y al papel que podrían desempeñar los conocimientos y valores mapuche en la definición del mandato constituyente. No fue así, y se perdió esa posibilidad por la falta de lengua común entre ambos.
Por eso, al planificar la realización de una entrevista a personas del rango de una machi, o de cualquier hablante de una lengua indígena, con anfitriones genuinamente interesados en esa conversación, estos tienen el deber de facilitar la libre expresión, para lo cual, en vista de que no conocen la lengua de la persona entrevistada, deben disponer de un intérprete. Además de facilitar la comunicación, el servicio de traducción oral, o interpretación, garantiza los derechos lingüísticos al hablante y, de esta forma, contribuye a instalar en los medios de comunicación el respeto a las lenguas originarias, sobre todo si se trata de un medio tan importante como la televisión. En condiciones de bilingüismo, es fundamental contar con la presencia de intérpretes en lenguas indígenas para ejercer los derechos humanos, para el acceso a la justicia, la medicina, al comercio y para la comunicación pública en contextos pluriculturales.
¿Cómo hubiera sido la interacción en esa entrevista de haber habido un intérprete capaz de transmitir a los dos participantes sus respectivas preguntas y respuestas? Por lo pronto, ambos hubieran podido descansar en un tercero el sentido, las palabras y las intenciones. Ninguno hubiera tenido que moverse de su propia competencia lingüística. Podrían haberse concentrado en expresarse como quisieran en su lengua, y no verse obligados a adecuar sus palabras para ser comprendidos. Ese intérprete hubiera resguardado así la identidad y soberanía lingüística de ambos. De paso, los televidentes hubieran constatado que existen diferencias, y que estas son dignas de respeto y protección.
La justicia lingüística y la justicia sociolingüística son conceptos que se están difundiendo en las sociedades plurilingües para referirse precisamente a lo que estamos viendo en este sencillo ejemplo de diez minutos de conversación fallida. Implican, de parte de quienes tienen el castellano como lengua materna, considerar que las minorías lingüísticas suelen ser grupos también marginados o minorizados: indígenas y migrantes, que cuando abren la boca en una oficina pública, en un banco o en una tienda, ya son tratados de otra manera. Las nociones de justicia lingüística y sociolingüística implican también darnos cuenta de que la hegemonía lingüística es hegemonía a secas y, por lo tanto, que si logramos una relación lingüística justa, en la que ninguna lengua avasalle a la otra, también estamos logrando justicia social. Interesarse por saber la lengua del otro minorizado y usar intérprete son las dos formas de establecer esta justicia.
En la relación histórica entre el mapuzugun y el castellano la interpretación ocupa un lugar importante. Sin que por ello neguemos la catástrofe de la conquista y la imposición de una cultura extranjera sobre la indígena, es preciso recordar la extraordinaria historia de la diplomacia hispano-mapuche que tuvo en los parlamentos su mayor expresión. 250 años de relaciones pactadas por medio de unos 50 grandes tratados negociados por medio de intérpretes y otros mediadores, como fueron los llamados funcionarios de amigos. Pero no fueron solo esas grandes asambleas en las que las partes se dirigían una a la otra por medio del intérprete, sino todo un esfuerzo de mediación lingüístico-cultural que se llevó a cabo pese a los conflictos, y que mantuvo a la sociedad mapuche y la española de la frontera separadas políticamente pero, a la vez, unidas por intereses comunes (el comercio, el intercambio de rehenes, la protección ante enemigos comunes). Y ya en República, también fueron cientos los intérpretes y mediadores que sirvieron en todas las tratativas entre el Estado y los mapuche, tanto en las guerras como en las cesiones territoriales, en las audiencias del Protectorado de Indígenas, la Comisión Radicadora y los Juzgados de Letras, y también acompañando a longkos a Santiago o a Buenos Aires a entrevistarse con los presidentes de turno. Las autoridades mapuche hicieron uso de los intérpretes para compensar la asimetría política y de esta manera también protegieron su lengua de la asimilación. Hasta el día de hoy, en los hospitales y en los tribunales, estos son los que conocemos con el nombre de facilitadores interculturales, cuya presencia se originó a partir de las garantías lingüísticas contempladas en el actual Código Procesal Penal, el que señala que «(…) quienes no pudieren hablar o no lo supieren hacer en el idioma castellano, intervendrán por escrito o por medio de intérpretes» (Ley Nº 19.696, 2000, art. 291, inc. 3º).

Los mapuche tienen su lengua, y esta lengua tiene el derecho de existir. El Estado, y con mayor razón los medios de comunicación, son también responsables de su protección y difusión. Así lo dice el Convenio 169 de la OIT cuando señala que los gobiernos “deberán adoptar medidas acordes a las tradiciones y culturas de los pueblos interesados, a fin de darles a conocer sus derechos y obligaciones”, para lo cual “deberá recurrirse, si fuere necesario, a traducciones escritas y a la utilización de los medios de comunicación de masas en las lenguas de dichos pueblos” (Decreto Ley Nº 236, 2008). Según la ONU en el mundo existen 7 mil idiomas, de los cuales 2.680 están el peligro de desaparecer. En Chile, todas las lenguas indígenas están en riesgo de desaparecer debido a la ausencia de políticas que incentiven su uso público, y a la falta de valoración social, además del racismo y la discriminación sufridos por los pueblos que las hablan. Sin embargo, hay resistencia lingüística en las naciones originarias, hablar la lengua es un acto político porque la lengua es política, defenderla es defender es defender la tierra, la dignidad, la memoria, todo está codificado en la lengua propia .

En el contexto de la nueva constitución es importante la demanda por las lenguas originarias, pues exige que el Estado debe volverse diverso, plurilingüe e intercultural; no son las comunidades indígenas las que deben ser interculturales, pues ya lo son, sino las instituciones del Estado que hoy practican el colonialismo interno. Por otro lado, los medios de comunicación no pueden seguir haciendo apología de la diversidad y, al mismo tiempo, estar impulsando el monolingüismo, imponiendo el español a las personas hablantes de mapuzugun. Todas las instituciones deben garantizar que las personas hablantes de lenguas indígenas tengan derecho a intérpretes para su comunicación en los medios públicos, respetando así el derecho a la expresión libre e informada.

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* Agradecemos también a Belén Villena por colaborar en la elaboración de esta columna.

Elisa Loncon y Gertrudis Payas
Elisa Loncon es profesora de inglés, magíster en Lingüística, PhD. en Humanidades y doctora en Literatura. Gertrudis Payas es traductora e intérprete español-francés-inglés, doctora en Estudios de Traducción, profesora e investigadora de la Universidad Católica de Temuco.