Avisos Legales
Opinión

Cuando Moya son los más vulnerables

Por: Patricio Lama | Publicado: 11.09.2021
Cuando Moya son los más vulnerables |
En el sector privado, los despidos arbitrarios y sin fundamento legal tienen un costo para la empresa y, por lo mismo, para sus dueños. El empresario debe asumir la pérdida económica producto de su propia arbitrariedad… En el sector público, los despidos arbitrarios y sin fundamento legal tienen un costo para el erario fiscal y por tanto lo terminamos pagando toda la sociedad. Sin embargo, si el ilícito lo cometen autoridades de servicios como el Fosis, el costo lo terminan pagando las personas más vulnerables de nuestro país.

“Paga Moya” es un antiguo dicho que ya se encuentra bastante asentado en nuestra terminología popular. Con esta irónica frase se busca denunciar que, frente al mal uso de recursos públicos, las responsabilidades nunca se asumen y, normalmente, quienes terminan pagando los costos de dicho despilfarro es la “hacienda estatal” o, dicho en términos más concretos, la sociedad entera. Si bien existe un instrumento –el juicio de cuentas– para responsabilizar a los funcionarios/as que en el ejercicio de su cargo, sea por acción u omisión, han provocado un daño al patrimonio del Fisco, en la práctica su aplicación se enfoca principalmente –y cuando se utiliza– al funcionario menor o al subalterno; normalmente las autoridades resultan indemnes.

Son innumerables los casos de funcionarios/as de mediano o bajo rango que han sido objeto de juicios de cuentas, instruido por parte de Contraloría General de la República, donde se ha hecho efectiva la responsabilidad administrativa, traducida en una sanción pecuniaria (en dinero), por su aparente negligencia, descuido o intención que ha provocado un perjuicio al patrimonio público. Sin embargo, juicios de cuentas para las máximas autoridades de los servicios públicos o ministerios son prácticamente inexistentes. La responsabilidad administrativa ante los perjuicios al patrimonio del Estado normalmente se diluye entre los mandos medios e inferiores de la administración pública, mientras las más altas jerarquías se han mantenido inmunes a este tipo de responsabilidades. Lo anterior, a pesar de que hace años se ha venido cometiendo en servicios y ministerios, de manera soterrada, un ilícito que ocasiona pérdidas millonarias para el erario, sin que Contraloría, el Congreso ni ninguna de las instancias encargadas de proteger la legalidad y los intereses del Estado hayan sido capaces de fiscalizar y salvaguardar el patrimonio público.

En efecto, si hasta el año 2014 los funcionarios del Estado eran considerados trabajadores “temporales” desde un punto de vista administrativo y judicial, por lo que podían ser despedidos sin mayor explicación ni argumento (y sin indemnización de ningún tipo); desde 2014 la Corte Suprema  exige que la decisión de despedir a un funcionario público (que no tiene derecho a indemnización)  debía contener “el razonamiento y la expresión de los hechos y fundamentos de derecho en que se sustenta, para no incurrir en arbitrariedad”, lo que también es exigido por Contraloría.

Por lo mismo, ante un escenario jurídico-administrativo que les entorpecería cumplir su objetivo de deshacerse de aquellos funcionarios/as que no son de su “confianza política”, las autoridades gubernamentales han estado implementando una acuciosa estrategia de exoneraciones que crea diferentes argumentos según los tipos de situaciones contractuales que se pueden presentar en los servicios,  buscando “blanquear” los despidos que –de otra manera– podían ser objetados por Contraloría o por los tribunales de justicia.

No obstante, a pesar de estos artilugios más o menos elaborados, la fuerza de los hechos reales y la legalidad han terminado primando por sobre las confabulaciones, generando centenares de sentencias judiciales a favor de los funcionario/as desvinculados y, con ello, ordenando el pago de millonarias indemnizaciones por despidos injustificados, por despidos en base a discriminación política y por vulneración de derechos laborales.

Una investigación reciente realizada por la Asociación de Funcionarios/as del FOSIS (Fondo de Solidaridad e Inversión Social), en base a información entregada por el propio servicio, amparados en la ley de acceso a la información pública, más lo identificado en la página del poder judicial sobre juicios ya ejecutoriados, logró determinar que desde agosto de 2018 a junio de 2021, en el FOSIS se han gastado $ 355.740.680 por concepto de indemnizaciones y pago de remuneraciones con efecto retroactivo relacionadas a desvinculaciones consideradas ilegales y arbitrarias por los tribunales; y otros $ 70.142.809 por concepto de asesoría legal externa para estos juicios. Lo anterior ha traído como consecuencia un perjuicio económico, hasta la fecha, de $ 425.883.489 para el patrimonio fiscal. Esto, sin considerar que aún existen más de una docena de juicios por despidos arbitrarios en proceso, lo que permite augurar que antes del término de este gobierno las autoridades de FOSIS habrán pagado más de 500 millones en indemnizaciones.

Decenas de demandas presentadas en los Tribunales de Justicia por despidos arbitrarios y por discriminación política en contra de las máximas autoridades del FOSIS han sido acogidas, falladas y ejecutoriadas a favor de los trabajadores/as en estos dos años y se ha condenado a pagar millonarias sumas de dinero a estos trabajadores/as injustamente despedidos. ¿Quién se hace cargo de este pago? ¿Qué responsabilidad asume la Contraloría, como órgano encargado de Controlar la legalidad de los actos administrativos y resguardar el correcto uso de los fondos públicos (página web de Contraloría: https://www.contraloria.cl/web/cgr/que-hacemos) .

El 13 de diciembre de 2019, la funcionaria Marian, de la oficina regional de Arica de FOSIS, presentó ante Contraloría un recurso de reclamación por cuanto su despido se basaba en supuestos falsos, vulnerando sus derechos funcionarios. El 13 de febrero del 2020, a través del Oficio N° 1.980, la Contraloría responde esta reclamación indicando que la resolución que puso término al contrato de Marian se ajustaba a derecho: “Finalmente, en cuanto a su discrepancia con el hecho de que FOSIS no haya renovado la contrata, por haber considerado el desempeño como deficiente, en circunstancias que en su opinión, no lo era (…) debe manifestarse que resulta improcedente que esta Contraloría General se pronuncie sobre aspectos de mérito de una decisión administrativa, como pretende la peticionaria”. Esto es, que a Contraloría le basta y sobra que exista un fundamento para el despido. Si dicho fundamento es falso no importa, ya que según el órgano contralor no le compete pronunciarse sobre el mérito (la veracidad) del fundamento considerado para esa decisión. Pues bien, en la audiencia de juicio de fecha 11 de enero del 2021, en el Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, al iniciar la audiencia, y ante la contundencia de las pruebas presentadas por Marian para acreditar la arbitrariedad de su despido, el FOSIS–voluntariamente– con el sólo objeto de poner término inmediato al juicio ofrece pagar a la demandante la suma de $ 18.000.000, en un plazo máximo de 30 días. Y no es el único caso.

A través de las investigaciones realizadas en la página web del poder judicial por parte de la Asociación de Funcionarios/as se detectaron varios juicios laborales en los cuales las autoridades de FOSIS lisa y llanamente llegan a acuerdos millonarios con sus ex funcionarios/as antes incluso de tramitar dichos litigios. En el mismo orden de consideración, se observan otros tantos casos en los cuales el FOSIS fue condenado, a través de lapidarias sentencias de primera instancia, donde se establece que las desvinculaciones obedecieron a una vulneración de derechos y a una motivación discriminatoria, ordenando pagos millonarios en indemnizaciones, y dichas sentencias nunca  fueron apeladas ante ninguna instancia superior, por parte de la autoridad del Fosis, limitándose a pagar las indemnizaciones establecidas en estas sentencias de primera instancia.

En tal sentido, el hecho que las máximas autoridades del FOSIS hayan llegado a acuerdo en las audiencias preparatorias de varios juicios por despidos arbitrarios y vulneración de derechos, asumiendo voluntariamente el pago de millonarios montos indemnizatorios a los funcionarios/as desvinculados, o que no hubiesen apelado a los fallos de primera instancia, da cuenta que estas mismas autoridades tenían absolutamente claro las ilegalidades cometidas y no dudaron en pagar sumas millonarias con tal de desvincular a estos funcionarios/as, a pesar de no tener los fundamentos legales para hacerlo. El problema, nuevamente, es que esos acuerdos millonarios por los despidos arbitrarios son con cargo al erario fiscal.

El FOSIS es un organismo público cuya misión es contribuir a la superación de la pobreza y la vulnerabilidad social de personas, familias y comunidades. Esto significa que los recursos institucionales, el presupuesto del FOSIS, están destinados a financiar proyectos para mejorar las condiciones de vida de las personas más vulnerable de nuestro país. ¿Cuántos mejoramientos de viviendas para familias vulnerables se han dejado de hacer; cuántos proyectos comunitarios quedaron pendientes de realizar; o cuántos microemprendimientos quedaron sin apoyo económico porque no había recursos suficientes para financiarlos?

En el sector privado, los despidos arbitrarios y sin fundamento legal tienen un costo para la empresa y, por lo mismo, para sus dueños. El empresario debe asumir la pérdida económica producto de su propia arbitrariedad… En el sector público, los despidos arbitrarios y sin fundamento legal tienen un costo para el erario fiscal y por tanto lo terminamos pagando toda la sociedad. Sin embargo, si el ilícito lo cometen autoridades de servicios como el FOSIS, el costo lo terminan pagando las personas más vulnerables de nuestro país.

Patricio Lama
Presidente de la Asociación Nacional Funcionarios/as del FOSIS.