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Opinión

La propuesta constitucional se atreve con la discapacidad

Por: Viviana Rivera | Publicado: 20.07.2022
La propuesta constitucional se atreve con la discapacidad |
La nueva Constitución se alinea con los avances sociales, éticos y científicos que se han hecho en el mundo actual respecto a las personas en situación de discapacidad y se aleja del modelo médico, que se preocupa más de las características clínicas del diagnóstico y no de las necesidades de las personas.

Por primera vez en la historia de nuestro país existe la posibilidad de que los derechos de las personas en situación de discapacidad estén señalados explícitamente en el texto constitucional de forma que, aproximadamente, el 16 % de chilenas y chilenos al fin sean reconocidos en nuestra Carta Fundamental, a la vez que sus derechos específicos, no sólo los ciudadanos, estén resguardados y garantizados.

El proyecto de nueva Constitución sobre el cual votaremos propone varios cambios sustantivos en los más diversos ámbitos, entre ellos se hace una mención explícita al tema de la discapacidad, lo cual, hasta ahora, está invisibilizado para la sociedad y para la Constitución vigente de 1980. En efecto, la Constitución actual no se refiere en ninguno de sus artículos a este tema. Cierto que el texto habla de la igualdad en dignidad y derechos de las personas y de prohibición de discriminación arbitraria, pero no hay una referencia explícita y acorde con estándares internacionales.

Por el contrario, el proyecto de nueva Constitución se alinea con los avances sociales, éticos y científicos que se han hecho en el mundo contemporáneo respecto a las personas en situación de discapacidad y se aleja del modelo médico, que se preocupa más de las características clínicas del diagnóstico y no de las necesidades de las personas.

El artículo 28 del capítulo de Derechos Fundamentales y Garantías del proyecto de nueva Constitución, sostiene que “toda persona con discapacidad tiene derecho al goce y ejercicio de su capacidad jurídica, con apoyos y salvaguardias, según corresponda; a la accesibilidad universal; a la inclusión social; a la inserción laboral, y a la participación política, económica, social y cultural”.30

En el mismo apartado del proyecto, se afirma que “se elaborarán, coordinarán y ejecutarán políticas y programas destinados a atender sus necesidades de trabajo, educación, vivienda, salud y cuidado”. Además, se establece que la ley determinará “los medios necesarios para identificar y remover las barreras físicas, sociales, culturales, actitudinales, de comunicación y de otra índole para facilitar a las personas con discapacidad el ejercicio de sus derechos”.

Como se puede ver, estos nuevos derechos constitucionales –en caso de que se apruebe el texto propuesto– están enunciados acorde a los estándares internacionales más avanzados en la materia: aquellos donde las personas en situación de discapacidad no están integradas, sino más bien incluidas a la sociedad (se debe tener en cuenta que la inclusión es un paso más adelante que la mera integración de cualquier grupo de personas). Muchos de esos estándares ya estaban vigentes en el país gracias a una serie de leyes sobre la materia que se fueron aprobando e implementando en las últimas décadas, sin embargo, ninguna de ellas tenía rango constitucional, como podría ocurrir ahora a partir del próximo 4 de septiembre.

La propuesta de nueva Carta Magna contiene un norte al cual dirigirnos en relación con las personas que viven en situación de discapacidad, y plantea un camino para construir una nueva manera de vivir, de convivir, de cambiar las miradas y paradigmas para poder avanzar y ser un país más solidario y moderno.

Viviana Rivera
Fonoaudióloga y educadora diferencial. Académica de la Facultad de Educación, Universidad Central.