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Isapres y Superintendencia de Salud: A un año del fallo y la persistente indefinición

Por: Francisco Campos Gavilán | Publicado: 02.10.2023
Isapres y Superintendencia de Salud: A un año del fallo y la persistente indefinición Isapres y Corte Suprema | Agencia Uno
Los más afectados son, sin duda, los afiliados. Es el caso, por ejemplo, de los padres que desean incorporar a sus hijos recién nacidos a un plan de salud. Aunque el fallo establecía que solo debían pagar la prima GES, las isapres han evadido esta directriz, argumentando que esperan la nueva normativa. Antes del fallo, era posible presentar un recurso de protección para disminuir este cobro que ya había sido declarado ilegal desde hace varios años. No obstante, tras la sentencia, todos estos recursos quedaron archivados, y los nuevos intentos han sido rápidamente descartados por el efecto general de la sentencia del año pasado. Como resultado, siguen pagando más de lo que deberían.

A casi un año de la determinante sentencia del 30 de noviembre de 2022, la Superintendencia de Salud ha confirmado su intención de presentar un requerimiento ante la Corte Suprema para extender, nuevamente, el plazo para cumplir con dicho fallo.

El fallo dictaminó que la Superintendencia de Salud, «en ejercicio de sus facultades de fiscalización y dentro del plazo de seis meses, determinará el modo de hacer efectiva la adecuación del precio final de todos los contratos de salud». A pesar de la claridad de esta sentencia, su aplicación está lejos de hacerse efectiva.

Tras conflictos públicos entre el Superintendente de Salud y la Ministra del sector sobre cómo aplicar el fallo, el gobierno, buscando evadir el costo político de esta decisión, redirigió la responsabilidad hacia el Congreso y un “consejo de expertos”. Su esperanza era encontrar una solución sin asumir un alto costo político por implementar un fallo de manera que no signifique la quiebra del sistema de salud privado.

Pero, tras cinco meses de negociaciones, no se ha alcanzado un consenso. El fuerte lobby de las isapres, un desfile de expertos, muchos de ellos asesores de las isapres, y hasta una insólita reinterpretación del fallo por una de las ministras que lo firmó, ha añadido más confusión a un escenario ya de por sí complejo. Con el plazo a punto de vencer y sin un acuerdo político a la vista, la Superintendencia busca más tiempo, dejando a miles de afiliados en un limbo.

Los más afectados son, sin duda, los afiliados. Es el caso, por ejemplo, de los padres que desean incorporar a sus hijos recién nacidos a un plan de salud. Aunque el fallo establecía que solo debían pagar la prima GES, las isapres han evadido esta directriz, argumentando que esperan la nueva normativa. Antes del fallo, era posible presentar un recurso de protección para disminuir este cobro que ya había sido declarado ilegal desde hace varios años. No obstante, tras la sentencia, todos estos recursos quedaron archivados, y los nuevos intentos han sido rápidamente descartados por el efecto general de la sentencia del año pasado. Como resultado, siguen pagando más de lo que deberían.

Una situación similar enfrentaron miles de adultos mayores que, antes de noviembre de 2022, demandaron a sus isapres para evitar la aplicación de la tabla de factores. Lo que llevó incluso a una Isapre a amenazar a sus clientes con una contra demanda. Todos esos procesos fueron archivados tras el efecto general de la sentencia. Como resultado, quienes habían conseguido reducciones temporales vieron cómo sus planes incrementaron nuevamente, llevando a que muchos se desafilien por la imposibilidad de sostener los costos.

Mientras los afiliados esperan soluciones, las isapres parecen ser las beneficiadas. Han recuperado estabilidad financiera y siguen aplicando la tabla de factores mientras el debate continúa.

Durante una década la Corte Suprema solicitó una nueva regulación para el sector, esperando poner fin a la constante judicialización del sistema de salud privado. Estos llamados fueron ignorados, llevando al máximo tribunal a tomar una drástica decisión excediendo el uso de sus facultades constitucionales al dictar un fallo con efecto a quienes no habían demandado, ordenando el archivo de los procesos en trámite, e impidiendo la presentación de nuevos casos. La intención fue cerrar cualquier vía de judicialización, que, hasta entonces, había sido la única forma que tenían los afiliados para buscar justicia.

Francisco Campos Gavilán
Abogado, magíster en Derecho, diplomado en Derecho a la Protección de la Salud y Gestión Sanitaria. Se ha especializado en la defensa de afiliados del sistema privado de salud.