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Desde la academia, organizaciones feministas y empresarios: Qué dicen los borradores de reglamento que buscan influir en la Convención

Por: Rubén Escobar Salinas | Publicado: 02.07.2021
Desde la academia, organizaciones feministas y empresarios: Qué dicen los borradores de reglamento que buscan influir en la Convención Sede de la Convención Constitucional. | Foto: @Camara_cl
Desde fundaciones y centros de pensamiento ligados a partidos políticos, pasando por organizaciones feministas e incluso gremios empresariales, como la Sofofa y la CNC, han hecho públicas sus propuestas de un reglamento para la Convención Constitucional. El Desconcierto pone a disposición 10 de los textos y recoge algunas de sus posiciones ante diversos ejes temáticos, sobre las que serán las reglas del juego con las que se escribirá la Nueva Constitución.

Luego de definir la presidencia y la vicepresidencia de la instancia, la Convención Constitucional deberá iniciar una de las tareas base para el funcionamiento de la misma. Entre los 155 constituyentes deberán ponerse de acuerdo para establecer un reglamento que establezca el marco de funcionamiento del órgano.

Sin embargo, el artículo transitorio que delimita las reglas para el proceso constituyente deja algunas aristas a la interpretación o simplemente no se pronuncia sobre ciertos puntos. Uno de ellos es el plazo que tendrá la Convención para generar el respectivo reglamento. Esto ya ha sido objeto de análisis y preocupación para los distintos centros de estudios, así como ya ha surgido dentro de las discusiones preliminares que han sostenido los convencionales.

Algunas de las voces que miran con preocupación este asunto aluden al caso de la Asamblea Constituyente de Bolivia, celebrada entre 2006 y 2007, en donde los asambleístas demoraron alrededor de siete meses solo en establecer el reglamento, por lo que tuvo que prorrogarse el tiempo para la redacción del texto constitucional. Aunque existen otros ejemplos como Ecuador y Colombia, quienes acordaron los reglamentos en siete y diez días, respectivamente.

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Así, son múltiples los esfuerzos que distintas organizaciones, incluyendo a centros de estudios, universidades y organizaciones sociales, han volcado en la redacción de borradores de reglamentos para la Convención. Varios de ellos ligados a partidos políticos y grupos de interés que estarían buscando influenciar la discusión de los constituyentes.

«Sería ingenuo de mi parte creer que no va a ser así, pero por lo menos rescato lo importante de que se hayan presentado estos borradores, en el sentido de transparentar posturas. Va a facilitar los costos de acceso a la información de cara a la Convención», sostuvo al respecto Guillermo Namor, constituyente del Distrito 4 por la lista Independientes por la Nueva Constitución.

Pero no solo desde el mundo académico o político surgieron ideas para el funcionamiento del órgano constituyente. Federaciones gremiales como la Sofofa y la Cámara Nacional del Comercio (CNC) también entregaron sus ideas sobre cómo se debe escribir el texto constitucional. Al respecto, Namor sostiene que «la vinculación que ha existido históricamente entre el mundo empresarial y cierto sector de la política chilena es innegable. Acá lo relevante es que los intereses pesen lo que pesa su participación dentro de la Convención y que no vengamos con personas que crean que tienen la capacidad de imponer o de vetar ciertas decisiones».

Namor considera que «hay una mayoría más o menos representativa que va a permitir llegar a acuerdos, más allá de los intereses o imposiciones que puedan hacer desde ciertos sectores empresariales, grupos de interés e inclusive académicos o universidades».

El Desconcierto reunió distintos borradores de textos de reglamentos y recogió sus ideas sobre algunos de los ejes temáticos más importantes. Al final de este artículo podrás encontrar una lista con las propuestas referidas, junto con más información sobre sus autores y alianzas políticas.

El quórum de los 2/3 y aprobación final del texto

Esta es una de las discusiones que más ha causado revuelo entre los constituyentes. Parte de los argumentos de fondo al respecto tienen que ver con la opinión que se tenga sobre el Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución firmado por partidos políticos el 15 de noviembre de 2019. Otros aluden al simbolismo de dicho quórum y su rol en la actual carta fundamental.

Sobre la aplicación de dicho quórum vale explicar que una de las precisiones en las que coinciden varias de las distintas propuestas, dice relación con que los 2/3 que establece el mandato constitucional son exigibles para la adopción del reglamento mismo. Sin embargo, el reglamento puede definir que las distintas comisiones aprueben mociones con un quórum más bajo.

Así, desde Rumbo Colectivo sostienen que «el quórum de 2/3 debe entenderse como una norma excepcional, de interpretación restrictiva, reservada para el reglamento de votación y las normas que la convención, en pleno, apruebe para formar parte del texto constitucional propuesto a la ciudadanía«.

Otro punto de discusión que se ha dado sobre los 2/3 es la obligatoriedad de que la Convención respalde el texto en su totalidad por dicho quórum, una vez que esté completo.

Al respecto, Libertad y Desarrollo considera que «atendiendo al espíritu del Acuerdo del 15 de noviembre de 2019, una votación general final es necesaria y conveniente al contribuir a darle coherencia final al texto y a generar confianza en la ciudadanía cuando ésta tenga que manifestarse en el plebiscito de salida».

No obstante, esa posición es criticada por otras propuestas, como la de Rumbo Colectivo, desde donde argumentan que la coherencia final del texto debe darse a través de la comisión respectiva y que sea el plebiscito de salida, en el que participará toda la ciudadanía, quienes den la aprobación final al texto.

Pero, todo lo anterior todavía está en debate. Son varios los constituyentes, incluyendo a la Lista del Pueblo y otros convencionales, quienes rechazan el quórum de 2/3 en cualquiera de los casos y reclaman la legitimidad de la instancia como poder constituyente para definir libremente los quórum.

Tipos de comisiones

Dado que el órgano constituyente incluye a 155 representantes, la articulación de un trabajo en comisiones y en un plenario es un punto de acuerdo. Tal como detectó el académico Claudio Fuentes, gran parte de las propuestas establecen una comisión de ética, una de régimen interno, una de participación, una de armonización para dar coherencia al articulado final y una serie de comisiones temáticas.

Es precisamente sobre la cantidad de comisiones temáticas donde se generan las discrepancias. Desde el Centro de Políticas Públicas proponen solo dos comisiones temáticas, una de «Derechos, Deberes y Principios Constitucionales» y otra de «Régimen de Gobierno e Instituciones». Por otro lado, Horizonte condiciona la cantidad de instancias temáticas al número de capítulos que tenga la Constitución.

La plataforma Contexto, a través del mismo Fuentes, propone hasta ocho comisiones de diversos temas como «principios, ciudadanía y nacionalidad», «derechos y deberes» y «pueblos originarios». Mientras que la Articulación Territorial Feminista Elena Caffarena no establece un número específico, pero considera que «un número amplio de comisiones temáticas permiten una mayor apertura hacia los temas de interés de la ciudadanía».

La problemática que estaría detrás de este asunto, como reconoce Fuentes y recogen algunas de las propuestas, es que un gran número de comisiones afectarían a los sectores con menos cantidad de representantes, porque no podrían participar de todas ellas. Por otro lado, una baja cantidad de comisiones dificultaría llegar a acuerdos por el alto número de miembros en cada una.

Todo lo anterior es aparte de la organización interna en comités de las respectivas fuerzas políticas, tal como ocurre en la actualidad en el Congreso nacional.

Paridad de género

Algunas de las propuestas mencionan la paridad de género y otras omiten cualquier referencia a este punto. La recomendación del PNUD es «garantizar una representación de género paritaria, tanto en términos descriptivos (número de mujeres), como sustantivos (tipo de cargo que ocupan las mujeres)».

Esto es recogido por la propuesta de Rumbo Colectivo, que establece que «la paridad de género debe también reflejarse en la distribución del poder al interior de la Convención. Debe diseñarse un reglamento que contemple equilibrio de género en las presidencias de comisiones, al interior de la Secretaría Técnica, al interior de la mesa«.

En la propuesta de Contexto, Fuentes se limita a mencionar «que el reglamento debiese considerar principios generales de inclusión y que dicen relación con la integración equilibrada (por género) de los diferentes órganos de gobierno de la Convención«. De la misma forma, la Red de Centros tiene una escueta mención al enfoque de género en el contexto de la creación de un órgano para la participación ciudadana.

La falta de propuestas en este sentido fue parte del diagnóstico que realizó la Articulación Territorial Feminista Elena Caffarena. En conversación con El Desconcierto, Camila Maturana, abogada de Corporación Humanas, una de las 21 organizaciones que componen la Articulación, explicó que revisaron las propuestas y «nos dimos cuenta que una de las falencias que tenían era que la materialización de la paridad no era muy evidente en los distintos reglamentos«.

Además, puntualizó que la paridad no debe ser entendida «solamente como una regla numérica, sino más bien como una nueva distribución del poder y la participación igualitaria en los distintos espacios de toma de decisiones». Así, a juicio de Maturana la concepción paritaria y de inclusión de los pueblos originarios que se le dio a la Convención, «no solo debía quedar plasmado en las reglas de integración, sino que además en las reglas de funcionamiento».

Entre las propuestas de la Articulación se encuentra desde paridad en la composición de la mesa directiva y de las comisiones, hasta «garantizar el uso equitativo del tiempo, del uso de las palabras y exposición de los temas». De la misma forma, proponen la determinación de protocolos específicos en materia de igualdad de género, pasando por potenciales situaciones de acoso, y que la perspectiva feminista se aplique a todos los órganos, «no pudiendo reducirse a comisiones específicas».

Otros reglamentos, como los realizados por la CNC y el centro Libertad y Desarrollo, no abordan la problemática.

Audiencias públicas y sesiones secretas

Otro de los puntos polémicos respecto al funcionamiento de las sesiones de la Convención, tiene que ver con la publicidad de las mismas. Tal como también identifica el Observatorio Nueva Constitución, si bien existe un amplio acuerdo acerca de que la gran mayoría de las instancias de las comisiones y del Pleno se realicen de manera pública, algunos de los borradores contemplan sesiones secretas para tratar ciertos temas.

El Consejo para la Transparencia (CPLT) fue enfático en señalar que la regla general del funcionamiento del órgano debe ser el carácter público. Sin embargo, entrega espacio para que el reglamento establezca excepcionalmente que «las sesiones de las comisiones puedan ser declaradas como reservadas, por las causales que el propio reglamento establezca, las que deberán ser expresamente detalladas«, lo que ya fue objeto de críticas. Lo anterior es compartido por Rumbo Colectivo y la Red de Centros.

Dentro de las causales que se mencionan, se encuentra la afectación grave de la seguridad nacional o del interés de la nación, lo que deberá constar en el acta.

Por otro lado, la propuesta de la CNC sostiene que sea la mayoría absoluta del Pleno o de las comisiones, según sea el caso, quien pueda declarar la reserva de la discusión cuando «se estime que su publicidad pueda afectar el normal desenvolvimiento» de la instancia. Sin establecerse causales calificadas de antemano, como propone el CPLT, aunque debiendo hacerse públicas las actas una vez que se apruebe el texto constitucional definitivo.

Desde Horizontal proponen la posibilidad de espacios secretos de discusión entre los convencionales, argumentando que la publicidad del funcionamiento no debe «impedir que existan instancias para que los convencionales puedan comunicarse entre sí de manera genuina», de modo de generar «condiciones que hacen posible una negociación y deliberación genuina que faciliten los acuerdos». Lo que sería también apoyado por la Sofofa y la CNC.

Finalmente, cabe destacar que la idea de decretar reserva de alguna de las sesiones es rechazada de plano por varios de los constituyentes electos, como aquellos que se han articulado bajo el nombre de la Vocería de los Pueblos.

Las propuestas

Son múltiples los aspectos que jugarán roles esenciales en la forma en que se redactará la Nueva Constitución. A continuación, algunas de las propuestas para el reglamento de la Convención Constitucional. Puedes hacer click en cada una de ellas para revisar los textos completos:

 

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