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El potencial conflicto de interés que el convencional Andrés Cruz no declaró ante la Mesa

Por: Sergio Jara y Rubén Escobar | Publicado: 09.03.2022
El potencial conflicto de interés que el convencional Andrés Cruz no declaró ante la Mesa Andrés Cruz (Agencia Uno) |
Una investigación de El Desconcierto da cuenta del eventual conflicto de interés de Cruz, al participar del debate constitucional en el ámbito de justicia y al mismo tiempo ser cónyuge de una jueza en ejercicio. El convencional no ha declarado dicha situación ante la Mesa de la Convención Constitucional como lo establece el Reglamento de Ética de dicha instancia, ni tampoco actualizó su declaración de patrimonio de intereses. Su cónyuge fue nombrada jueza solo diez días después que él integró la Comisión de Justicia, instancia en la que ha participado en más de 50 sesiones y en temas que tienen directa relación con el futuro de los y las jueces.

“Se ha puesto en entredicho y se ha sacrificado la inamovilidad, estableciendo, o abriendo las puertas para que los jueces cesen de sus cargos cuando se cumpla la duración prevista para el mismo”.

Con esas palabras, Andrés Cruz, exfiscal y actual convencional por el distrito 20, se refirió a uno de los cambios fundamentales que el 15 de febrero discutió el pleno de la Convención Constitucional (CC) respecto al sistema judicial del país (revisa acá el pleno). Ese día fue histórico, pues la totalidad de los y las convencionales comenzaron el análisis y votación de las normas que se aprobaron en las comisiones temáticas por mayoría simple.

La Comisión de Sistema de Justicia, precisamente, fue la primera en presentar su informe con 16 iniciativas al pleno, aprobando 14 de ellas por dos tercios. Una de las rechazadas fue relativa a las ejecución de resoluciones judiciales; la otra, relacionada con la inamovilidad de jueces y juezas. Se trata de la misma iniciativa que Cruz mencionó en su intervención en el pleno y que luego rechazó con su voto, manteniendo así las garantías de inamovilidad de sus pustos con la que gozan estos cargos.

Andrés Cruz es miembro de la Comisión de Sistema de Justicia de la CC y ha estado presente en sus más de 50 sesiones desde que comenzó a operar el 19 de octubre de 2021. El abogado ha sido activo en la instancia, en la que ha ejercido su derecho a voz y voto, además de introducir y retirar indicaciones. Lo ha hecho en diversas áreas, como en materia de justicia militar, indígena y, también, en lo relativo a la inamovilidad de jueces y juezas, tal como lo hizo presente en el pleno ese 15 de febrero histórico.

Pero Cruz no mencionó ese día que lo que ahí estaba opinando y votando podía estar en conflicto con sus intereses, pues su cónyuge, Tania Galgani, podría verse afectada directamente por las normas que se están definiendo en la comisión y el pleno de la CC. Por ejemplo, en su inamovilidad del cargo que asumió en 2021, entre otras.

En efecto, pues el 29 de octubre de 2021, solo diez días después de que la Comisión de Justicia se constituyera, Galgani prestó juramento como nueva jueza de Garantía de Concepción, tras varios años como relatora. Cruz, de acuerdo al reglamento de ética de la CC, debió informar a la Mesa del pleno dicha situación, sin embargo, no lo hizo.

El Desconcierto consultó formalmente a la Mesa de la CC si es que Cruz había informado su potencial conflicto de interés. Desde la Secretaría de Comunicaciones de la CC respondieron que no han recibido ninguna comunicación del convencional sobre la materia. El abogado tampoco había transparentado su vínculo ante sus pares de la Comisión hasta ayer, luego que se le alertara sobre la investigación que estaba llevando adelante este medio. Como sea, debió hacerlo ante la Mesa de la CC de manera formal, de acuerdo al Reglamento de Ética y Convivencia que rige y fue aprobado por los y las convencionales (revisa acá el reglamento completo).

De acuerdo a diversas fuentes consultadas para este reportaje, al no declarar su potencial conflicto de interés, Cruz estaría contraviniendo los artículos 17 y 39, en sus letras a, b, f y g, del Reglamento de Ética y Convivencia de la CC.

Por ejemplo, el artículo 39 sobre “Infracciones al principio de probidad por parte de convencionales constituyentes”, en su letra g, establece que se viola dicha disposición al “no informar a la Mesa, oportunamente, cualquier eventual situación de conflicto de interés, aun antes de que se inicie el debate en el Pleno o en la comisión sobre aquello que provoca conflicto”.

En tanto, la letra f del mismo artículo señala que se vulnera el reglamento al “trasgredir las disposiciones legales y reglamentarias sobre incompatibilidades, inhabilidades, prohibiciones por razón de parentesco, y cualquier otro régimen especial que les sea aplicable, y no asegurarse de cumplir con las acciones necesarias para determinar si están o no están comprendidos en algunas de las prohibiciones establecidas en ellas”.

Las letras a y b del mismo artículo son más específicas y ponen el acento en el “beneficio propio o de sus parientes” al infringir el principio de probidad que se busca respetar en la Convención Constitucional.

María Jaraquemada, abogada experta en probidad y transparencia y exdirectora de incidencia de Espacio Público, cree que el caso de Cruz es necesario mirarlo en profundidad, pues el convencional, al ser abogado, exfiscal y profesor en la materia, cuenta con las competencias técnicas e idoneidad para ejercer el cargo, lo cual, sin embargo, no lo exime de transparentar cualquier situación que lo ponga en conflicto de interés.

“Uno podría decir que no debería estar en esa comisión (Justicia), pero por otro lado, dada su profesión y su ocupación, él sabe mucho de eso. Entonces, lo que podría hacer es inhabilitarse de ciertas votaciones que pudieran tener que ver con este tema. Ahora, si ya hubo o no algún conflicto de interés, ese ya es un tema que con muchos más antecedentes tiene que resolver la comisión externa de ética”, dice Jaraquemada.

Sobre el principio de oportunidad para informar el posible conflicto de interés, opina que “idealmente hubiera sido cuando ocurrió el hecho. Muchas veces pasa que las personas no lo hacen, no porque tengan mala fe, sino que porque tienen una opinión diversa, por eso es muy bueno establecer procedimientos claros, cosa que esto no sea algo de interpretación personal (…) Por eso es importante que las declaraciones de intereses se actualicen cuando ocurren este tipo de situaciones”.

-Entonces, no informar a la Mesa del nombramiento de su cónyuge, ¿sería una infracción a la probidad?

-Podría serlo, en teoría sí -hay que estudiarlo con más antecedentes- pero en teoría sí, porque de hecho para las declaraciones de intereses se pide información como las actividades de los cónyuges, porque se entiende que podrían ser motivo de conflicto de interés. Eso ya te da una pista de qué tipo de situaciones debiera ser las que uno tendría que estar atento.

Respecto a lo anterior, el Reglamento de Ética señala que el conflicto debe transparentarse ante la Mesa de la CC y no hace referencia a su declaración de patrimonio e intereses. Pese a ello, El Desconcierto revisó la declaración de Cruz y pudo constatar que el convencional no la ha actualizado desde que presentó el documento el 15 de julio de 2021 (revisa acá la declaración de Cruz).

En dicha declaración, su cónyuge, Tania Calgani, aparece como abogada de la Corporación Administrativa del Poder Judicial. Es decir, Cruz no declaró ante la Mesa de la CC ni tampoco actualizó su declaración cuando su cónyuge se convirtió en jueza, solo diez días después de que él integrar la Comisión de Justicia.

Cruz se defiende: “No había nada que comunicar”

El Desconcierto se comunicó este miércoles con el convencional para contrastar la información recabada. En dicho contacto, Cruz manifestó que había planteado el tema a sus pares de la Comisión de Sistema de Justicia este martes, situación que fue corroborada por varios de los presentes consultados por este medio.

-Pero el reglamento dice que debe informar a la Mesa de la CC en tiempo y forma sobre un posible conflicto de interés. ¿Lo hizo?

-No, porque no tengo ningún conflicto de interés, atendido a que lo que se está haciendo es un cambio de institucionalidad. Si es por eso, los litigantes tampoco podrían tener algún tipo de injerencia, atendido que ellos también tienen algún tipo de relación directa o quienes, por ejemplo, tengan algún tipo de pariente que pudiera estar involucrado en casos penales, tampoco podrían estar involucrados en la determinación de lo que es el sistema de ejecución de penas. No hay ningún tipo de conflicto de interés, lo verificamos antes de meterme a la comisión.

-Entonces no hizo una comunicación a la Mesa ante un posible conflicto de interés…

-No, no hay ningún conflicto de interés, por tanto, no había nada que comunicar.

-Pero usted ha votado normas que afectan directamente a jueces…

-A jueces sí, a mi señora no necesariamente.

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