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La última carta de Bahía Panguipulli: Proyecto de parcelas VIP va a la Suprema para evitar multa millonaria

Por: Rubén Escobar Salinas | Publicado: 03.01.2023
La última carta de Bahía Panguipulli: Proyecto de parcelas VIP va a la Suprema para evitar multa millonaria Proyecto de Bahía Panguipulli. | FOTO: www.bahiapanguipulli.cl
Un nuevo capítulo judicial vive proyecto ligado a conocidos empresarios y figuras de la farándula. La empresa busca revertir ante la Corte Suprema una multa de casi $950 millones, mientras las autoridades acusan que la compañía se saltó una serie de normas urbanísticas y medioambientales al intentar construir un complejo de “parcelas VIP” a orillas del lago Panguipulli.

Inversiones Panguipulli SpA quema los últimos cartuchos para salvar de multas millonarias a un controvertido plan de inversión en la Región de Los Ríos. La empresa acumula fracasos judiciales a raíz de un polémico proyecto de “parcelas VIP” llamado Bahía Panguipulli, donde las autoridades acusaron que la firma se saltó normas urbanísticas y medio ambientales; pero ahora busca una nueva vía jurídica ante la Corte Suprema.

La idea, originalmente, era construir y vender parcelas de agrado en el lugar, a las orillas del lago, pero dedicadas a un público exclusivo. Se trataría de instalaciones de lujo. Tanto los folletos como el sitio web del proyecto –ahora fuera de línea– invitaban a descubrir “un nuevo concepto en exclusividad”, una “ubicación privilegiada” con club house, piscina, canchas deportivas y restaurantes. Para el transporte, habría caminos pavimentados, helipuerto y un muelle de madera para el paseo en embarcaciones menores.

Detrás del proyecto, estarían como inversionistas conocidos empresarios y rostros de televisión. Hasta al menos mediados de 2020, al menos, el principal gestor del proyecto era Claudio Cordero, un empresario inmobiliario que en los últimos meses ha enfrentado acusaciones de estafa a raíz de la quiebra de la constructora Ambienta; y Evelyn Lewinsohn, empresaria y cónyuge de Cordero. Entre los minoritarios se encontrarían sociedades ligadas a Paul, Ernesto y María Antonia Fontaine, y a las figuras televisivas Marcela Vacarezza y Rafael Araneda. Según informó El Mostrador.

Las primeras irregularidades fueron alertadas por la Corporación de Adelanto Amigos de Panguipulli, entidad vinculada a las familias Luksic y Von Appen, pero donde también han figurado nombres como Nicolás Ibañez o Isidoro Quiroga.

Todo se vino abajo en enero de 2020, cuando la Contraloría, tras ser requerida, se pronunció sobre el proyecto y declaró que la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de Panguipulli había fallado al otorgar una serie de permisos de edificación. La repartición debía haber pedido informes al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y a la Seremi de Vivienda para hacer –como lo exigía la ley– un cambio del uso de suelo, desde uno agrícola a uno urbano. Una modificación de uso de suelo que la ley no permite para la subdivisión de terrenos agrícolas.

Luego, hubo una reacción en cadena. La empresa interpuso un recurso de protección en contra del pronunciamiento, que la Corte Suprema rechazó. En paralelo, culminó un proceso de la Superintendencia de Medio Ambiente que multó a Inversiones Panguipulli por eludir el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) con 351 UTA, alrededor de $212 millones en la época, ratificado por el Tribunal Ambiental de Valdivia.

La Seremi, además, denunció a la empresa en el Juzgado de Policía Local (JPL), donde se le aplicó otra multa de 27.000 UF, alrededor de $948 millones al valor de la fecha de esta publicación, por transgredir las normas de uso de suelo agrícola.

Ahora, Inversiones Panguipulli juega una de sus últimas cartas y busca ante el máximo tribunal que se desestime esta última multa millonaria a raíz de la denuncia de la Seremi. Un nuevo capítulo judicial en el cuestionado proyecto “VIP”.

Empresa asegura que busca vender “predios rústicos”

En 2017, Inversiones Panguipulli SpA adquirió y fusionó seis terrenos en la comuna del mismo nombre, que en total originaron un predio de 141 hectáreas. Luego, la empresa subdividió las tierras en 228 parcelas de 5.000 metros cuadrados, todo esto al amparo del Decreto Ley N° 3.516, parte de la normativa que se originó con la contrarreforma agraria durante la dictadura de Augusto Pinochet.

La compañía, incluso, alcanzó a solicitar, entre 2017 y 2018, los permisos de edificación de 13 casas, con una superficie proyectada de entre 180 y 200 metros cuadrados, las que además contarían con 3 o 4 estacionamientos para autos cada una, según el modelo.

El dictamen de Contraloría fue una verdadera bomba a Bahía Panguipulli. A las pocas semanas la Seremi de Vivienda y Urbanismo de Los Ríos realizó una inspección en terreno, que tuvo como resultado la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de Panguipulli y la multa de 27.000 UF.

Inversiones Panguipulli, que ya acumulaba su tercer revés judicial, interpuso un recurso de queja ante la Corte Suprema que está actualmente en tramitación. La acción está dirigida en contra de los jueces de la Corte de Apelaciones de Valdivia Samuel Muñoz, María Elena Llanos y Gloria Hidalgo, esta última en calidad de fiscal judicial. Se trata de una acción que en teoría busca una medida disciplinaria en contra de los ministros, pero que muchas veces se utiliza para buscar que el máximo tribunal modifique el asunto de fondo.

En el escrito, la empresa acusa que se le condenó al pago de “una exorbitante multa”, esto “pese a que la conducta reprochada no se encuentra prohibida ni sancionada por ley”. Sostiene que los jueces incurrieron en “un flagrante error de derecho”, lo que constituye una “falta grave o abuso” en su contra.

La compañía asegura en el recurso –argumentos que también esgrimió en las otras causas judiciales– que su intención, a diferencia de lo que se podía ver en los productos publicitarios, es acondicionar y vender los predios manteniendo su condición de rústicos, por lo que no era necesario realizar un cambio del uso de suelo.

“(…) en principio se pensó el proyecto bajo un diseño como el de los folletos que constan en autos pero que posteriormente no llegaron a implementarse, porque en definitiva se pretenden vender lisa y llanamente predios rústicos de cinco mil metros cuadrados aproximadamente y no la venta con construcciones que asemeje a un conjunto habitacional”, afirmó durante el proceso ante el JPL.

El JPL, en opinión de la empresa, habría errado al considerar una infracción al artículo 1 del DL N° 3.516, que sostiene que “los predios resultantes de una subdivisión quedarán sujetos a la prohibición de cambiar su destino en los términos que establecen los artículos 55º y 56º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones”.

Los espacios comunes, como gimnasio, piscina, canchas deportivas o el helipuerto, nada de eso existía al momento de la inspección de la Seremi, y tampoco se construyeron posteriormente. “No existe –ni existía al momento de la denuncia– conjunto habitacional alguno sobre el inmueble de mi representada”, argumenta el recurso.

Mi representada no puede ser sancionada -como pretende la sentencia recurrida – por hechos futuros, como la ‘eventual o aparente’ construcción de un conjunto habitacional en una zona rural, la ‘aparente’ destinación del inmueble a fines no previstos por el DL 3516, o por la existencia de Permisos de Edificación solicitados por Inversiones Panguipulli a la DOM durante el año 2017 que no se encuentran vigentes hoy en día por efecto del desistimiento del titular”.

En efecto, de los 13 permisos de edificación, solo se alcanzaron a construir tres casas, los demás fueron desistidos por Inversiones Panguipulli, algo que la empresa destaca como prueba de que no buscaría construir un conjunto habitacional. Aunque, cabe destacar, el retiro de los permisos de edificación se hizo en fechas posteriores a la denuncia de la Seremi en 2020. Cuando la polémica ya había estallado.

“‘Conjuntos habitacionales’ destinados a la residencia, descanso y veraneo de lujo”

“(…) la sentenciadora del grado se hizo cargo de todos y cada uno de los cuestionamientos del recurrente”, fue parte de la respuesta de los ministros de la Corte de Apelaciones de Valdivia aludidos, quienes elaboraron un informe para la Corte Suprema. Los jueces criticaron que a través de la vía del cuestionamiento disciplinario se busque una nueva revisión del caso “cuando se carece de otros remedios procesales o estos se han agotado, como ocurre en este caso”.

Para los ministros, “legítima y plausible” la interpretación que “atendido los hechos probados y no controvertidos demostraban el cambio de destino de los inmuebles, lo que era del todo evidente con las obras de urbanización realizadas y comprobadas in situ”.

El informe destaca también que Inversiones Panguipulli “no desconoció los hechos imputados, sino que se limitó a darles una connotación diferente, a fin de demostrar la inexistencia de un proyecto inmobiliario con fines habitacionales en un sector rural, al punto de modificar incluso su giro comercial de manera sobreviniente”. Efectivamente, en noviembre de 2020 –después de que la Suprema rechazara el recurso de protección– Inversiones Panguipulli modificó su giro y lo amplió para incluir actividades agrícolas.

Sobre esto, el JPL dijo “que el cambio de giro sólo se realiza en fecha posterior a la denuncia y que no alteran el proyecto primitivo el cual es y ha sido la venta de parcelas con o sin viviendas de similares características”.

En el proceso ante el JPL, se definió que “Bahía Panguipulli es un proyecto inmobiliario, ubicado en área rural de la comuna, que contempla la venta de 228 lotes de 0,5 hectáreas cada uno, cuenta con acceso controlado por barrera, caseta de guardia, oficina de ventas, caminos alfaltados de 24 metros de ancho aproximadamente, iluminación, grifos, postación, medidores de luz, 3 viviendas ejecutadas al 100% y otras en fundaciones”.

Incluso, se dio cuenta del muelle para embarcaciones menores, que ya está construido. “(…) es posible advertir una serie de circunstancias que en su conjunto llevan a concluir fundadamente que el proyecto Bahía Panguipulli es de uso habitacional, ya que se ajusta a características arquitectónicas comunes, y posee una infraestructura pertinente con los ‘condominios’ y ‘conjuntos habitacionales’ destinados a la residencia, descanso y veraneo de lujo”, consideró el JPL en su fallo.

Así, para el JPL y la Corte de Apelaciones, “no se puede negar que en el presente caso se desarrollan actividades que son ligadas a la ejecución de un proyecto residencial, configurándose un denominado ‘conjunto habitacional o condominio’ en un inmueble cuyo destino es el agrícola”.

Estos son parte de los antecedentes que la Corte Suprema deberá ponderar sobre el polémico proyecto. Actualmente, el recurso de queja se encuentra en espera de ser incluido en tabla para que las partes aleguen en el caso.

El Desconcierto Socios Cristian Neira

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