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“Hecha la ley, hecha la trampa”: Los resquicios que permitieron el fraude tributario más grande de la historia

Por: Claudio Pizarro | Publicado: 11.03.2024
“Hecha la ley, hecha la trampa”: Los resquicios que permitieron el fraude tributario más grande de la historia PortadaSii |
Los antecedentes recopilados son elocuentes en señalar al menos tres factores sustanciales sobre el denominado megafraude: la constitución de empresas por un día, la recepción de facturas sin acusar recibo y un servicio que ha privilegiado más el crecimiento económico que la fiscalización.

“Abren empresas en un día, las dejas en barbecho, las activan seis meses después, empiezan a generar una impronta en redes sociales en que parecería que están funcionando», dijo Hernán Frigolett hace casi dos años atrás.

 El entonces recién asumido director del Servicio de Impuestos Internos, advirtió en una de sus primeras entrevistas que existían redes de crimen organizado bien complejas de seguir”, asegurando que los receptores de facturas falsas tenían que comenzar a preocuparse del tema porque eran “parte del proceso delictivo”.

Frigolett precisó, además, que el uso de facturas falsas se concentraba en actividades relacionadas al narcotráfico. La propuesta del nuevo director, a diferencia de su antecesor que decidió no presentar querellas en contra de 40 personas en los juicios de SQM y Penta, fue ampliar el radar de búsqueda a todos quienes resulten responsables.

La medida fue conocida como el “fin de la doctrina Barraza” y se materializó recién a comienzo de este año –escasas semanas después del escándalo por el denominado caso audios–, cuando el ente fiscalizador decidió interponer varias querellas en contra de 55 personas acusadas de malversar más 336 mil millones de pesos. El caso fue conocido públicamente como “el fraude tributario más grande de la historia”.

Agencia Uno/ Hernán Frigolett.

¿Pero qué fue en definitiva lo que permitió semejante malversación? ¿qué circunstancias operaron para que no se le pusiera atajo antes? ¿qué normativas facilitaron un desfalco temerario a las arcas fiscales? Son algunas de las preguntas que emergen espontáneamente y que este reportaje intentará dilucidar.

Empresas fantasmas

El 2 de mayo de 2013 entró en vigencia la Ley N°20.659, conocida como “Ley de Sociedades Express” que no sólo permitiría un giro drástico respecto a la constitución de sociedades comerciales, simplificando y disminuyendo los costos legales, sino también incentivando la creación y desarrollo de empresas.

La normativa que permitía crear una “empresa en un día”, a través de una plataforma digital, buscaba favorecer a más de un millón de emprendedores. Sólo en el primer mes de funcionamiento, según datos del ministerio de Economía, se constituyeron 1.729 empresas, promediando 89 sociedades generadas en un solo día y con un 58% de registros en la Región Metropolitana.

“Esta iniciativa permite crear un emprendimiento en apenas un par de click y sin costo alguno. Creo que el optimismo de nuestros trabajadores y emprendedores han hecho de Chile un mejor país y apoyarlos resulta fundamental”, comentó el presidente Sebastián Piñera, impulsor de la Ley junto al entonces ministro de Economía, Pablo Longueira.

La normativa que buscaba generar más empleo y desarrollo económico, también permitió otro tipo de “emprendimientos” delictuales.  El subdirector jurídico del Servicio de Impuestos Internos (SII), Marcelo Freyhoffer, explicó al momento de destaparse el escándalo que las empresas involucradas se constituían para defraudar al fisco a través de documentos falsos que eran “usados por los receptores para efectos de incrementar su crédito fiscal y, en definitiva, pagar menos impuestos, impuesto al valor agregado, impuesto a la renta, e incluso obtener devoluciones fraudulentas”.

Para Evelyn Apeleo, Presidenta de asociación de funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (Aneeich), resulta evidente que la ley permitió “desburocratizar el trámite para constituir una sociedad y fue bien recibida por la sociedad, pero sin duda constituyó un punto de inflexión debido a la falta de contrapeso respecto a facultades para revisar y el amparo ilimitado respecto de los contribuyentes”.

Antes de exponer en la cámara de diputados respecto al megafraude, Apeleo consultó a quienes habían sido autoridades en el servicio, ratificando que “era la pugna con los contribuyentes lo que impediría una mayor eficacia en el control de las irregularidades”.

“Nuestros funcionarios de línea detectan las irregularidades, pero el problema es el tratamiento. Entonces la responsabilidad no es del funcionario sino de las autoridades de turno y quienes hacen equipos directivos que son quienes toman las decisiones para poder avanzar en estas materias”, enfatiza.

Hay un ejemplo muy patente respecto a esto, agrega Insunza, pues en el periodo anterior no se presentó ninguna acción penal dentro de la norma general antielusión, aprobada en 2015, y sólo durante el último año se han presentado más de 10 casos. «Eso es un tema de intencionalidad de las autoridades», asegura.

Los dardos, en general, apuntan a la administración de Fernando Barraza. Para Carlos Insunza, dirigente de la Anef y ex presidente de la Aneeich, las normativas que favorecen ciertas dinámicas económicas, a partir de procesos de facilitación, deben ir acompañadas de medidas de fiscalización adecuadas.

Director del SII

Agencia Uno/Fernando Barraza.

“Esto tiene que ver con un tema de prioridades. Si me apuras, yo creo que el periodo de Barraza fue donde todas estas cosas se expandieron, poniendo muy al centro la facilitación como el componente fundamental, evitando la conflictividad con los contribuyentes”, explica.

Marissa Navarrete, exjefa de la Oficina de Litigación Penal del Servicio de Impuestos Internos que destapó el fraude al FUT, comparte el mismo diagnóstico. «Las empresas en un día es un incentivo para realizar sociedades, es cierto, pero también fueron utilizadas por los delincuentes tributarios. El problema, sin embargo, es la fiscalización ¿Cómo es posible que el servicio no se dé cuenta que exista una factura previa a la existencia de una empresa? Son deficiencias muy graves y ellos tienen la obligación de ser acuciosos. No puede ser que un instrumento de este tipo sea utilizado para defraudar al mismo Estado».

Ocho días de plazo

Si bien las facturas falsas siempre han sido un problema para el servicio, antes en papel y hoy de manera digital, los problemas se fueron agudizando en la medida que se fueron incrementando las sociedades y las facturas crecieron exponencialmente. En algunos casos, la detección de irregularidades era evidente.

“Mucha gente en el servicio nos decía que llegaban con personas indigentes, con poderes, creaban empresas y comenzaban a facturar. Nosotros sabíamos que había algo raro, se lo relevamos a las jefaturas, pero no hicieron nada porque estaban en una lógica de fiscalización limitada, donde resultaban más atractivos los sectores donde los fenómenos de elusión eran más relevantes”, añade Insunza.

Este método de facturación más flexible, redujo las posibilidades de fiscalización de un servicio que antes de la medida, visaba la emisión de facturas tras un proceso de enrolamiento en terreno, donde se verificaban in situ las actividades económicas. “Mientras eso no ocurriera se le permitía a la empresa ejercer, pero se acotaba el número de facturas por un periodo. O sea, se tomaban medidas en función de evitar los fraudes”, explica el dirigente de la ANEF.

Incluso ahora, con una avalancha en materia de facturación y más de 100 mil documentos tributarios cuestionados en el megafraude, hay quienes sostienen que  la flexibilización fue como “abrir una represa y decirle al servicio que atajara todo sin dotarlo de las facultades suficientes”, sostiene Evelyn Apeleo.

Todas estas carencias, asegura la dirigente, ha privado de recursos indispensables para avanzar en derechos sociales. “Nuestra visión es que el servicio ha ido perdiendo el foco en la fiscalización, la que debería retomar con un énfasis claro en el uso de tecnologías, las bases de datos, ya que contamos con excelentes profesionales informáticos para apoyar este tipo de labores”, agrega Apeleo.

Otro factor determinante, aseguran quienes conocen de cerca el caso, tiene que ver con una medida implementada para la recepción de facturas. En octubre de 2016, se publicó la Ley 20.956 que permitió, en un plazo de 8 días, aceptar una factura de manera irrevocable sin necesidad de acusar recibo.

Esta situación permitiría hacer uso del crédito fiscal del IVA si es que no se presenta una reclamación en los plazos estipulados. Cabe consignar que esta práctica terminó por liquidar a muchas Pymes, entendiendo que el sólo hecho de pasar por alto la situación podía involucrar un juicio y terminó por abrir una caja de pandora al permitir que los documentos se factorizaran.

“Me parece evidente de que hay una maquinaria que colabora con este tipo de fraude y que es bien difícil saber si lo hace a conciencia o no. Pero, al menos, creo que lo hacen sin ninguna preocupación en saber si están en una operación legítima o frente a un fraude tributario o de blanqueo de dinero. Me parece que hay componentes del sistema financiero que siguen actuando como si no tuvieran ninguna responsabilidad respecto al resto de la sociedad”, concluye Insunza.

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