Avisos Legales
Nacional

El Yo Colonialista y el Yo Excluyente

Por: Rodrigo Ruiz | Publicado: 22.07.2013

El YO Colonialista: “Nuestros Pueblos indígenas”; y el YO excluyente: “Los Pueblos originarios como sectores sociales” Por Alfredo Seguel

Paradójico resulta ver cómo sectores políticos coinciden de un extremo a otro en la reproducción de ciertos patrones paternalistas, asimilacionista o incluso neo coloniales y que son llevados en los planteamientos y discursos como una cuestión “cultural”

Llama la atención, a modo de ejemplo en el “El YO Colonial”, ese que se puede ver en los sectores ultra conservadores hasta posturas más autónomas y progresistas, los que se refieren a “Nuestros Pueblos Originarios”, “Nuestros Pueblos Indígenas”, “Nuestros indígenas”, como si los pueblos fueran de alguien. A propósito, alguien también señalaría que se trata de cariño, mismas formas de reacción cuando se implementa la palabra “Hombres” para referirse a todo el género humano.

Asimismo dentro de las actuales candidaturas electorales surgen toneladas de ofertones y de todo tipo, pero nadie se le ocurre en señalar que los lineamientos se hacen sobre “Derechos” y que las políticas de implementación se deben consultar y consensuar. Es decir, puede haber muy buenas ideas, pero ¿dónde se legitiman? ¿Quién tiene la soberanía? ¿Quién decide cuás son las prioridades? ¿Cómo se reconoce y se implementan los derechos colectivos?

Una buena oportunidad en estas coyunturas es señalar que, en Chile coexisten Pueblos, como sujetos de derechos colectivos y que es la base de convivencia, relación y respeto y que en el caso indígena con historias que provienen en miles de años antes de la existencia de los estados y toda su institucionalidad , sin embargo, un planteamiento que se sigue reproduciendo desde la izquierda añeja pero que culturalmente igual extrapola, es el ver a los Pueblos indígenas como un sector social. “Obreros, estudiantes y Mapuches o indígenas”, como si los Pueblos tuviesen una misma característica de lucha y organización que lxs “educandxs” o los trabajadorxs. Ciertamente se podría considerar la situación de oprimidos y opresores, pero la condición de un Pueblo, como sujeto de derechos colectivos no es comparable a un grupo intermedio y además, expresiones reivindicativas sociales, como el caso estudiantil o el movimiento socio ambiental, son transversales en participación

Aunque se quiera negar o se quiera desconocer, Chile es un País en plural, cultural, lingüística y “nacionalmente”, donde habitantes criollos con identidad de Pueblo o Nación, como es el caso Chileno, coexiste con otros miembros que se identifican con sus pueblos y culturas ancestrales y que si bien hay diversos elementos transversales, hay otros que son propios de cada cual y que pueden ser vistos desde diversas perspectivas y que un País lo reconozca y un estado se transforme en ese sentido, no es una amenaza, sino una tremenda oportunidad que contribuye a la equidad de derechos, de oportunidades y de justicia.

En los últimos años diversos intentos por sectores del duopolio junto a sectores empresariales hiperideologizados, han venido intentando hacer reformas a la carta magna para incorporar el concepto Pueblos, expectativa que por años ha existido en el movimiento indígena, sin embargo esta se ha hecho bajo la premisa de ser maliciosa por cuanto busca negar la condición de sujetos de derechos colectivos y tan solo ha pretendido establecer formas de “reconocimientos” simbólicos o folklóricos e imponer asentamientos fascistas bajo la premisa de una “Nación chilena única e indivisible” y que los pueblos indígenas son parte de su conformación, acto abominable y coactivo en derecho, una extensión del unicecentralismo y el etnocentrismo que ´pretenden algunos sostener, patriarcalmente.

Hoy más que reformismos, se hace indispensable que la institucionalidad pública del estado chileno, cumpla en garantizar e implementar las normas y el estándar internacional de derechos humanos sobre Pueblos indígenas, cuya base vinculante es el Convenio 169 de la OIT en su condición de tratado internacional e interpretativa y progresivamente con la declaración ONU sobre los derechos de los Pueblos indígenas, la que en algunos países se ha incorporado como Ley o bien se buscar hacer referencia en las constituyentes, por cuanto es la de mayor avance en reconocimientos de derechos colectivos indígenas.

La matriz de los derechos colectivos que tiene cada Pueblo es la libredeterminación y desde allí se hace indispensable avanzar en el respeto y en el cumplimiento y valoración de los derechos, en haras a procesos descolonizadores, tanto el pueblo chileno como los pueblos originarios, lo que sin lugar a dudas sería un importante avance.

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