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“Ley Juan Barros”: Piñera firma proyecto que endurece castigo por quema de camiones

Por: Cristian Neira | Publicado: 13.08.2020
“Ley Juan Barros”: Piñera firma proyecto que endurece castigo por quema de camiones Presidente Sebastián Piñera | Agencia Uno
La nueva normativa, bautizada “Ley Juan Barros” en honor al camionero fallecido, crea un agravante que aumenta en un grado la pena, que puede ir desde 15 años y un día, hasta presidio perpetuo, en el caso de los delitos de incendio cuando este recayera sobre un vehículo motorizado en el que se encontrasen personas en su interior, y que fuesen obligadas a descender del vehículo para la comisión del ilícito.

Este jueves, el Presidente Sebastián Piñera, junto al ministro del Interior, Víctor Pérez, el ministro de Justicia, Hernán Larraín, y el subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, firmó el proyecto de ley “Juan Barrios”, que incrementa las sanciones penales para los ataques incendiarios contra todo tipo de vehículos motorizados.

La iniciativa lleva el nombre de un camionero que el 9 de febrero de 2020 sufrió un ataque incendiario contra su camión mientras se encontraba durmiendo en su interior, tras lo cual perdió la vida.

Por lo mismo, el mandatario anunció una pensión de gracia para la viuda de Barrios y agradeció “a los camioneros de Chile y decirles que hemos escuchado con mucha atención su voz por más seguridad».

Piñera detalló que con este proyecto, “cuando se atente contra un camión con resultado de muerte, la pena será desde 15 años hasta cadena perpetua”.

Por otra parte, emplazó nuevamente al Congreso, pidiendo urgencia a la tramitación de la modernización de Carabineros y a la iniciativa sobre protección de la infraestructura crítica.

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Sobre la violencia en La Araucanía, el jefe de Estado señaló que “tenemos conciencia de los problemas y carencias que vienen desde siglos y por eso la macro región del sur necesita un tratamiento especial, para eso apunta el Plan Araucanía».

Asimismo, aseguró que «hay que distinguir entre las legítimas demandas de los pueblos originarios de lo que es la violencia«.

La iniciativa incorpora a los vehículos motorizados a los artículos 474 y 475 del Código Penal, de modo de actualizar la normativa vigente y darle el carácter de bien inmueble o residencial a los vehículos de transporte.

También crea un agravante que aumenta en un grado la pena, que puede ir desde 15 años y un día, hasta presidio perpetuo, en el caso de los delitos de incendio cuando este recayera sobre un vehículo motorizado en el que se encontrasen personas en su interior, y que fuesen obligadas a descender del vehículo para la comisión del ilícito.

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