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Corte Suprema otorga 72 horas a Paris para que explique por qué negó información del Minsal a la justicia

Por: Agencia Uno | Publicado: 01.10.2020
Corte Suprema otorga 72 horas a Paris para que explique por qué negó información del Minsal a la justicia Enrique Paris, Ministro de Salud | Agencia Uno
«Pídase informe al señor Ministro de Salud (…) a fin de que dé cuenta a esta Corte de manera pormenorizada de las razones que sustentan su oposición a la diligencia del Ministerio Público, de conformidad a las comunicaciones que enviara a la Fiscalía (…) esto es, que especifique de qué manera se afecta la información reservada de los pacientes y la protección de la vida privada y precise de qué manera la diligencia en cuestión pone en riesgo o afecta la seguridad nacional», se lee en la solicitud.

La Corte Suprema solicitó al ministro de Salud, Enrique Paris, que informe respecto de los motivos para oponerse a la entrega de información solicitada por el Ministerio Público.

En la resolución, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y el abogado (i) Ricardo Abuauad– otorgó un plazo de tres días para la entrega de información en el marco de una controversia del artículo 209 del Código Procesal Penal planteada por el fiscal regional metropolitano centro norte, Xavier Armendáriz.

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«En atención a lo expuesto por el fiscal regional Don Xavier Armendáriz que requiere el pronunciamiento de esta Corte Suprema con motivo de la oposición a la diligencia de entrada, registro e incautación de los correos electrónicos institucionales y archivos alojados en los servidores electrónicos respectivos, de don Jaime José Mañalich Muxi, Doña Itziar Irune Linazasoro y doña Paula Graciela Daza Narbona:

Pídase informe, en calidad de trámite previo, al señor Ministro de Salud don Enrique Paris Mancilla, a fin de que dentro del plazo de tres días hábiles dé cuenta a esta Corte de manera pormenorizada de las razones que sustentan su oposición a la diligencia del Ministerio Público, de conformidad a las comunicaciones que enviara a la Fiscalía de fecha ocho y diez de septiembre del presente, esto es, que especifique de qué manera se afecta la información reservada de los pacientes y la protección de la vida privada y precise de qué manera la diligencia en cuestión pone en riesgo o afecta la seguridad nacional. Para tal efecto ofíciese», ordena la Corte Suprema.

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