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Hotel Punta Piqueros: Corte Suprema detiene obras de construcción en el Santuario de la Naturaleza Roca Oceánica

Publicado: 31.03.2021

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El lunes 29 de marzo la Tercera Sala de la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó un recurso de protección interpuesto por el movimiento Duna Viva en contra de la Inmobiliaria Punta Piqueros, por ejecutar obras de construcción sobre el Santuario de la Naturaleza Roca Oceánica ubicado en la comuna de Concón.

De acuerdo a lo informado, el conflicto surge luego que la inmobiliaria comenzara a desarrollar obras de construcción en la comuna de Concón con el fin de llevar a cabo el proyecto “Hotel Punta Piqueros”, el cual fue calificado favorablemente por la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso e incluye la obligación de realizar obras de mitigación para evitar los daños que se pudieran causar al Santuario de la Naturaleza Roca Oceánica.

La Corporación Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar, en conjunto con la Fundación Yarur Bascuñán acusaron que el actuar de la inmobiliaria es ilegal y arbitrario, ya que dentro de las obras de construcción que desarrollan se encuentra una a 400 metros de distancia del proyecto “Hotel Punta Piqueros” que se emplaza en un área protegida que no fue objeto de Calificación Ambiental en conformidad a los artículos 10 y 11 de la Ley N°19.300, por lo que incurre en omisiones arbitrarias que vulneran su derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

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La Corte de Valparaíso rechazó el recurso, para lo cual tuvo presente que en los antecedentes de la causa consta que las obras de mitigación del Santuario de la Naturaleza Roca Oceánica se encuentran finalizadas, por lo que no existen medidas que la Corte pueda decretar a favor de los recurrentes dado que la acción de protección perdió su oportunidad. A su vez, señaló que el Estudio de Impacto Ambiental al que se sujetó la recurrida incluyó las obras que los actores acusan emplazadas dentro del Santuario, por lo que no se vislumbra una actuación ilegal o arbitraria por parte de la inmobiliaria.

Sin embrago, el máximo Tribunal revocó la sentencia en alzada y ordenó a la recurrida someter el proyecto impugnado a una fiscalización por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente, con el fin que determine si se deben paralizar las obras del proyecto “Hotel Punta Piqueros” para realizar un nuevo Estudio de Impacto Ambiental sobre las obras que se emplazan dentro del  Santuario de la Naturaleza Roca Oceánica, al estimar que existen obras de construcción que integran el proyecto impugnado, que no fueron objeto de calificación ambiental, que se emplazan en áreas protegidas y sobre las cuales no se dispuso la realización de obras de mitigación en conformidad al artículo 98 del Decreto Supremo N°40 del Ministerio del Medio Ambiente.

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