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Reglamento del proceso constituyente 2.0: Dieta, paridad y retorno de la abstención

Publicado: 24.01.2023

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Luego de una maratónica jornada que superó las 15 horas de trabajo, finalmente la Comisión Bicameral del Congreso culminó la discusión en particular del reglamento del nuevo proceso constituyente.

La instancia sesionó hasta total despacho y concluyó su trabajo durante la madrugada de este martes tras revisar las 247 indicaciones que se realizaron al documento que regulará el funcionamiento del Consejo Constitucional, la Comisión de Expertos y el Comité Técnico de Admisibilidad.

Cinco claves del reglamento

El reglamento del nuevo proceso constituyente está esencialmente basado en los reglamentos que regulan tanto a la Cámara de Diputados como el Senado, con algunos matices.

Entre los artículos aprobados se incluye que se privilegiarán las sesiones presenciales. El trabajo telemático solo se permitirá en situaciones excepcionales, cuando una razón de fuerza mayor así lo amerite, luego de su respectiva calificación de parte de la mesa.

También se incluyó que árbitros, expertos y consejeros deberán cumplir con las normas de la Ley de Probidad y la Ley del Lobby, para prevenir conflictos de interés con la función pública.

También se ratificaron las dietas que recibirán todos los integrantes del proceso constituyente, establecidos en el artículo 150 de la Constitución: Consejeros recibirán 60 UTM mensuales (equivalente a $3.706.140), expertos recibirán 30 UTM ($1.800.000) y árbitros percibirán 10 UTM ($610.000) por sesión, con un tope de 30 UTM.

Otro aspecto que se zanjó fue la abstención. Previamente, se había establecido que los integrantes del proceso solo pudieran manifestarse «a favor» o «en contra» de una norma, lo que finalmente fue revertido.

Además, se estableció que el Consejo Constitucional, la Comisión de Expertos y el Comité Técnico de Admisibilidad deberán tener una conformación paritaria. Sin embargo, la paridad no será exigible para la integración de comisiones y subcomisiones.

El reglamento deberá ser ratificado por 4/7 de los parlamentarios, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado. El plazo fijado para su votación es el jueves 26 de enero.

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