Publicidad

Krassnoff suma nueva condena: Ahora por desaparición de estudiantes universitarios

Publicado: 07.03.2023

Publicidad

La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema dictó sentencia contra César Manríquez Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko, oficiales de la ex Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, por el secuestro calificado y desaparición de tres militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionario, MIR, Roberto Chaer Vásquez, Julio Fernández Zapata y Héctor González Fernández, todos ex alumnos de la Universidad de Concepción, ocurridos en septiembre de 1974 en Santiago, detalla un comunicado.

Específicamente, tanto Manríquez Bravo como Krassnoff Martchenko fueron condenados a 15 años de presidio mayor en su grado medio, en calidad de autores de los tres secuestros calificados.

En el caso de Krassnoff, esta nueva condena se suma a los múltiples fallos  que acumula por su labor en dictadura, época en la que participó de diversos hechos constitutivos de violaciones a los derechos humanos.

Respecto del proceso en primera instancia, liderado por el ministro Miguel Vásquez Plaza, el caso también consideró los condenados Basclay Zapata Reyes, Orlando Manzo Durán y Ciro Torré Sáez, quienes fallecieron durante la tramitación de la causa.

Paralelamente, la sala penal integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier y Eliana Quezada, rechazó por unanimidad el recurso de casación interpuesto por la defensa del condenado César Manríquez Bravo y dejó a firme las sentencias dictadas en el juicio.

“Es importante este fallo, porque se está poniendo término definitivo a un proceso de larga data, que trae consuelo a los familiares de las víctimas, que siempre han mantenido inalterable su anhelo de verdad y justicia para sus seres queridos.  Fueron muchos años de espera y el poder Judicial de hoy, viene a dar satisfacción a sus legítimas luchas.   Bien por ellos y por Chile, que no olvida a sus desaparecidos. Todas las víctimas eran jóvenes veinteañeros”, aseguró Nelson Caucoto, uno de los abogados querellantes, Nelson Caucoto.

El caso

La indagatoria judicial logró establecer los siguientes hechos:

Un grupo de agentes pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, de dependencia de la Brigada de Inteligencia Metropolitana, BIM, se abocaron a investigar las actividades de personas que formaban parte del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR), y de aquellos que colaboraban con dicho organismo, procediendo a detener a integrantes y/o adherentes al citado movimiento, llevándolos a lugares secretos de detención que mantenía el organismo, donde eran interrogados bajo apremios físicos, y salían con ellos a recorrer distintos lugares en la vía pública, con la finalidad de identificar a otros miembros del MIR.

Que Héctor Jenaro González Fernández, Roberto Salomón Chaer Vásquez y Carlos Julio Fernández Zapata eran militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) desde al menos el año 1971 y desarrollaron sus actividades en esta organización mientras estaban en la Universidad de Concepción.

Dentro de las actividades desarrolladas por los agentes de la DINA, luego de obtener información de otros detenidos, los días 6 de septiembre de 1974 y 10 de septiembre de 1974, detuvieron a Héctor Jenaro González Fernández y a Roberto Salomón Chaer Vásquez en la vía pública en nuestra capital, y a Carlos Julio Fernández Zapata en su lugar de trabajo, ubicado en Quinta Normal.

Posteriormente, los llevaron al centro de detención clandestino de la DINA, José Domingo Cañas u Ollagüe, con la finalidad de interrogarlos bajo apremios físicos. Posteriormente fueron trasladados al centro de detención Cuatro Álamos, donde fueron vistos por otros detenidos, desde donde fueron sacados, ignorándose desde entonces su paradero, así como la suerte que han corrido en su salud física, síquica e integridad personal.

Tiempo después apareció en algunos medios extranjeros, replicados por nacionales, la noticia de que Roberto Salomón Chaer Vásquez había muerto, junto a otras 118 personas en un enfrentamiento entre militantes de izquierda y/o en enfrentamiento con fuerzas extranjeras, sin que la información fuera confirmada por ninguna autoridad nacional ni extranjera.

Publicidad
Contenido relacionado

«Revisaremos los antecedentes»: Hassler por fallo que obliga erradicar comercio ambulante

Caso Lucía Dammert: CPLT ordena informar sobre cómo se descartó polémica con EE.UU.

Publicidad