Publicidad

Tribunal diferencia microtráfico de tráfico según se porte cannabis en papelillos o cogollo

Publicado: 14.12.2023

Publicidad

Un sujeto fue detenido después de un control vehicular por tener en su poder cannabis sativa con un peso neto de 378.12 gramos, además de $8.750 entre billetes y monedas.

Es por esto que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cañete condenó al acusado a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito de tráfico de drogas.

Luego de esta condena, el acusado decidió interponer un recurso de nulidad, argumentando que la cantidad de droga incautada no era demasiada como así tampoco el dinero que llevaba consigo, por cuanto la droga estaba destinada para su consumo personal.

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de nulidad, argumentando que «la cantidad neta encontrada en poder del acusado, esto es, 378 gramos, dada su aptitud de ser dosificada y distribuida a numerosos consumidores finales y por lo mismo su mayor potencial de afectación a la salud pública, impide calificar la conducta del encartado como tráfico de pequeñas cantidades de droga”.

Además, añaden que «el tipo penal del artículo 4° de la Ley 20.000 está asociado a lo que se conoce como la comercialización al menudeo de la sustancia ilícita, que en el caso de cannabis generalmente se materializa en forma de papelillos, que no fue la forma en que fue encontrada en poder del acusado, ya que tal como se ha asentado, éste poseía cannabis tipo cogollo».

Es por lo anterior que finalmente se mantuvo la condena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito de tráfico de drogas.

Publicidad
Contenido relacionado

VIDEO| Declaran Alerta Roja en comuna de Las Cabras por agresivo incendio forestal

VIDEO| De nuevo la UDI: Condenan a alcalde de Sagrada Familia por fraude al Fisco

Publicidad