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Entran en vigencia nuevas normas del teletrabajo: Hay que pedirlo y cambiar el contrato

Publicado: 03.01.2024

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El 29 de diciembre del 2023 fue publicada en el Diario Oficial la ley que regula el trabajo a distancia y teletrabajo en las condiciones de «la protección a la maternidad, paternidad y vida familiar».

¿Qué quiere decir lo anterior? En resumen, establece el derecho al trabajo a distancia o teletrabajo para todas las personas que tengan a su cuidado menores, a una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada.

Se trata de una iniciativa que busca garantizar y proteger a cuidadores con niños o niñas menores de 14 años, o bien menores de 18 años con discapacidad y/o dependencia moderada a severa.

Lo anterior, significa que puede se solicitar que toda su jornada o parte de ella, sea diaria o semanal, pueda ser ejecutada bajo la modalidad del trabajo a distancia, en la medida que la naturaleza de sus tareas lo permita.

Otra de las funciones primordiales de esta ley, la cual consta de un artículo único, es promover la igualdad de oportunidades y de trato entre las mujeres y hombres, además de preservar tanto la salud y bienestar de los niños y niñas como el de sus madres y padres.

Es importante consignar que la ley entrará en vigencia el 29 de enero de 2024, 30 días después de que fue publicada en el Diario Oficial.

¿Cuáles son los requerimientos al solicitar teletrabajo por esta causal?

Son cinco los puntos a tener en consideración de parte del empleador cuando el trabajador solicita teletrabajo por la causal previamente indicada. Revísalos a continuación:

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