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Derecho a la habilitación y rehabilitación

Publicado: 03.12.2021

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Tanto para María, de un año; Juana, de 55;, Pedro de 27; y Luis de 73, la re/habilitación tiene como objetivo lograr un óptimo funcionamiento y reducir la limitación funcional y/o discapacidad de cada uno de ellos. Su acceso y estas cualidades les permitirá realizar actividades como planificar rutinas, comunicarse, hablar, moverse, compartir, utilizar medios de transporte y cualquier otra actividad que sea relevante para ellos. La re/habilitación debe garantizar el bienestar a lo largo del ciclo vital considerando el contexto directo (familia y cuidadores) e indirecto (acceso a intervenciones, tecnologías, ayudas técnicas, adaptaciones, entre otras), donde es fundamental asegurar igualdad, autonomía e independencia para la plena participación social.

La re/habilitación es un derecho, y los Estados son los primeros garantes, especialmente en los países que, al igual que Chile, ratifican la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), la cual en su artículo Nº 26 establece que los Estados miembros deben adoptar medidas efectivas y pertinentes para que las personas con discapacidad puedan lograr y mantener la máxima independencia, capacidad física, mental, social, vocacional y participación plena en todos los aspectos de la vida.

Sin embargo, a pesar de la normativa vigente y de los Tratados Internacionales en Derechos Humanos, las personas con discapacidad se enfrentan a diario a múltiples barreras para ejercer de sus derechos. En Chile, un 16,7% de la población mayor de 2 años presenta discapacidad, donde sólo un 22,8% de la población infantil accede a rehabilitación y un 19% de la población adulta (Endisc II, 2015). Estas cifras refuerzan la asociación bidireccional entre discapacidad y pobreza impactando aún más en las brechas de acceso y desigualdad asociada a salud de la población.

Junto con los determinantes sociales de la salud, hay condiciones de salud que generan un alto impacto funcional en la población, por esta razón, para alcanzar el Objetivo de Desarrollo Sostenible N. 3 de la ONU, garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades, los países deben avanzar hacia una cobertura universal de salud. En este sentido, la Organización Mundial de la Salud (OMS) en un “Llamado a la Acción” en rehabilitación para el año 2030 y propuso veinte condiciones de salud que se consideraron fundamentales para desarrollar políticas, normativas, programas, protocolos, recursos e indicadores que fomenten el bienestar y funcionamiento de las personas, siendo este último reconocido como el 3er indicador de salud, junto al de morbilidad y mortalidad.

En torno al funcionamiento y, utilizando el ejemplo anterior, supongamos que María presenta un diagnóstico de parálisis cerebral, Juana un diagnóstico de artritis reumatoide, Pedro un diagnóstico de trastorno de espectro autista y Luis un diagnóstico de Parkinson, todos y todas con diferentes condiciones y diferentes contextos, pero con un mismo derecho, la re/habilitación. Estos diagnósticos son 4 de las 20 condiciones de salud donde cada país debe planificar intervenciones en etapas agudas, asociadas a restablecer principalmente las funciones, en etapas sub-agudas, donde se deben mantener las funciones y promover las actividades, y en las etapas prolongadas, donde se debe fomentar la participación a través de la reducción de las limitaciones funcionales. Esto impacta en el contexto de la persona, la discapacidad e inclusión social, siendo clave considerar todos los apoyos que se requieran, incluyendo los cuidadores y cuidadoras cuando existe dependencia.

Todo esto se debe entender en los diferentes niveles de atención siguiendo la pirámide del marco de la rehabilitación en salud propuesta por la OMS, ya sea a nivel hospitalario, atención primaria, comunitaria y aunque no es un servicio de rehabilitación, el cuidado informal y autodirigido, el cual es considerado una forma de atención incorporada en esta pirámide, fundamental a fortalecer producto de que el 40% de la población adulta presenta algún grado de dependencia funcional (Endisc II, 2015).

Desde 1992, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) conmemora el Día Internacional de las Personas con Discapacidad con el fin de promover su bienestar y sus derechos. Derechos, una palabra que en tiempos constituyentes como los que vive actualmente Chile ocupa un lugar fundamental al momento de pensar en un nuevo pacto social, por lo que hacemos un llamado al estado a identificar. ¿Cuánto hemos avanzado en políticas, normativas y estándares de rehabilitación?, ¿cómo avanzamos para garantizar este derecho?, y lo más importante, ¿el desarrollo de una nueva Constitución en Chile fortalece esta oportunidad? Son algunas interrogantes que nos planteamos al momento de conmemorar el día internacional de las personas con discapacidad.

Sin duda, garantizar el acceso a servicios de re/habilitación de calidad para las personas con discapacidad no solo tiene que ver con su condición de salud, sino de empoderarlos para su desarrollo integral, inclusivo, equitativo y sostenible. De eso se trata la re/habilitación y acceso universal, de no dejar a nadie atrás.

*Esta columna fue escrita en conjunto por Daniel Cid Cofré, kinesiólogo, magíster en Gestión de Salud, investigador en Discapacidad Infantil y colaborador Grupo Mundial FDRG – WHOFIC; Arantxa Padrón Rodríguez, cientista política y asesora internacional gestión ONGs; Helia Molina Milman, Dra. en Salud Pública, ex Ministra de Salud, diputada electa; Francisco Vásquez Rojas, kinesiólogo UPC Hospital Regional Talca y dirigente de FENPRUSS; y José Antonio Michell De Gregorio, kinesiólogo, The George Institute for Global Health, Australia, investigador en estrategias digitales para rehabilitación.

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