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¿Aló, Mariana Aylwin? El polémico artículo de la Ley de Extranjería que limita el ingreso a Chile por motivos políticos

Por: El Desconcierto | Publicado: 23.02.2017
¿Aló, Mariana Aylwin? El polémico artículo de la Ley de Extranjería que limita el ingreso a Chile por motivos políticos |
A propósito del impasse entre la DC y el gobierno de Cuba, nuestra legislación también considera motivos políticos para conservar «el orden constitucional» a la hora de evaluar el ingreso de extranjeros.

Polémica ha causado la decisión del gobierno cubano de impedirle el ingreso a la ex ministra chilena Mariana Aylwin, aduciendo que la militante DC era parte de «una grave provocación internacional contra el Gobierno cubano fue gestada por un grupo ilegal anticubano que actúa contra el orden constitucional», cuestión que según la también ex parlamentaria recuerda a la dictadura de Pinochet.

Sin embargo, aduciendo a su propia ley de extranjería, Chile también ha impedido el ingreso o expulsado personas de otros países por razones políticas. En los últimos meses se expulsó a tres peruanos anarquistas, un periodista italiano, una defensora de los derechos humanos colombiana, un activista vasco, y un grupo punk.

Al respecto, el diputado Giorgio Jackson (RD) señaló a través de su cuenta de Twitter que a la luz del revuelo por el impasse protagonizado por Mariana Aylwin esperaba «consenso para modificar el art. 15 de Ley de Extranjería, y así no limitar el ingreso a Chile por razones políticas».

Esto, ya que el mentado artículo señala que podrá impedirse el ingreso a Chile a «los que propaguen o fomenten de palabra o por escrito o por cualquier otro medio, doctrinas que tiendan a destruir o alterar por la violencia, el orden social del país o su sistema de gobierno, los que estén sindicados o tengan reputación de ser agitadores o activistas de tales doctrinas y, en general, los que ejecuten hechos que las leyes chilenas califiquen de delito contra la seguridad exterior, la soberanía nacional, la seguridad interior o el orden público del país y los que realicen actos contrarios a los intereses de Chile o constituyan un peligro para el Estado».

En otros párrafo de la ley, además, se invocan estas mismas situaciones como causales de expulsión del país.

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