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Corte Suprema ratifica decisión previa y ordena al Ejército el retiro de las imágenes de Manuel Contreras

Por: El Desconcierto | Publicado: 06.03.2020
Corte Suprema ratifica decisión previa y ordena al Ejército el retiro de las imágenes de Manuel Contreras |
Con esto se resuelve definitivamente que el Ejército deberá retirar las imágenes del ex director de la DINA instaladas en las dependencias de la Academia de Guerra (en la Reina) y en la Escuela de Ingenieros de Tejas Verdes (en San Antonio). La institución militar intentó defender que estas se conservaban para mantener «un registro histórico militar», a pesar de que Contreras fuera condenado a más de 500 años de presidio por sus crímenes en contra de los Derechos Humanos.

Este viernes la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de apelación presentado por el Ejército contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que ordenó sacar las imágenes y placas de Manuel Contreras, desde los cuarteles del Ejército.

Esto luego de que se interpusiera un recurso en contra del comandante en Jefe del Ejército, Ricardo Martínez, para retirar las imágenes instaladas en las dependencias de la Academia de Guerra (en la Reina) y en la Escuela de Ingenieros de Tejas Verdes (en San Antonio).

En ambos recintos se conservaban un total de 5 placas y tres fotografías del exdirector de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), que el Ejército intentó defender, pero que la justicia finalmente ordenó retirar.

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En la resolución, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia inicial, por lo que no fue admitido a tramitación.

“El recurrido Ejército de Chile, pese a ser un órgano público centralizado dependientes del Ministerio encargado de la Defensa Nacional, carece de personalidad jurídica y patrimonio propio, ha deducido el recurso de apelación en examen, contraviniendo la normativa que gobierna la cuestión, pues ha comparecido realizando ese acto jurídico procesal, quien legalmente no detenta su representación judicial para comparecer en juicio», argumenta el fallo.

En esa línea, el texto establece que la determinación de rechazar el recurso se sustenta por «no haber sido interpuesta por el abogado procurador fiscal o su subrogante legal«.

En su defensa el Ejército había argumentado que «la finalidad de la existencia de fotografías e imágenes aludidas radica en conservar solo un registro histórico militar, lo que difiere al concepto de homenaje», llegando a comparar a Contreras con José Miguel Carrera, a pesar de los más de 500 años de presidio a los que fue condenado Contreras por sus crímenes de lesa humanidad durante la dictadura militar.

«Contribuye a erradicar el negacionismo»

La determinación fue valorada por el Insituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), desde donde afirmaron que esta decisión contribuye «a erradicar el negacionismo» y a «reparar a las víctimas de la dictadura».

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