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Fiscalía responde a abogados de Piñera y Mañalich por restringir acceso a correos: “La oposición es totalmente improcedente”

Por: El Desconcierto | Publicado: 09.10.2020
La argumentación emanada del ente judicial releva que “no puede quedar al arbitrio del requerido qué información se entrega. Acoger tal postura pondría en evidente peligro la eficacia de toda indagación criminal y constituiría un precedente funesto, pues huelga señalar que la selección de la evidencia relevante debe quedar a cargo del órgano investigador o, en su caso, caer dentro de la esfera de competencia del juez de garantía”, señala el documento.

Este jueves el jefe de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte, Xavier Armendáriz le respondió al ministro de Salud, Enrique Paris y a los abogados de Sebastián Piñera y del cesado ex ministro Jaime Mañalich respecto de su negativa a facilitar los correos del Ministerio de Salud alusivos al manejo manejo de la crisis sanitaria derivada del coronavirus.

Específicamente y de acuerdo a lo que publica La Tercera, lo hizo a través de un documento de siete carillas presentado a la Corte Suprema. Será en este lugar donde la institución resolverá si se autoriza o no la entrega de los correos de Mañalich, de su ex jefa de gabinete, Itziar Linazasoro, y de la subsecretaria de Salud, Paula Daza.

Lo que el Ministerio Público investiga es una supuesta diseminación imprudente de gérmenes patógenos en medio de la crisis sanitaria en caso judicial que se lleva adelante a través de una querella contra Piñera, Mañalich, Daza y el subsecretario de Redes Asistenciales, Arturo Zúñiga.

La acción judicial ha generado una serie de trámites que, filtraciones mediante, han logrado poner a la opinión pública al tanto de reveladores detalles, como es el caso de las declaraciones efectuadas por funcionarios de la cuestionada cartera de gobierno.

Adicionalmente, esta semana y luego de que la Corte Suprema solicitara formalmente a Paris un informe argumentando su negativa a facilitar los correos del Minsal a la Fiscalía, el requerido respondió mediante un extenso documento en el que incluso cuestionó la labor judicial, acusando que esta  “entorpece” la gestión de su secretaría de Estado.

Fiscalía aclara alcances de la investigación a los querellados

En este contexto es que se genera la respuesta del ente persecutor, que además responde a la arremetida de la defensa de algunos de los querellados, caso de los abogados de Piñera (Samuel Donoso), Mañalich (Gabriel Zaliasnik), y de Daza (Eduardo Riquelme), quienes también contestaron al Máximo Tribunal. Y lo hicieron de motu propio, esto es sin ser requeridos por la Suprema.

En su arremetida judicial para defender su negativa a facilitar los correos, aseguraron que la solicitud  del ministerio obedece a una diligencia “infundada” y que la argumentación de la Fiscalía “son meras elucubraciones”.

Pese a lo anterior, en el escrito del fiscal Armendáriz, fundamenta el trabajo del ente judicial. Frente a la orden de entrada y registro, emanada de juez competente, la autoridad requerida se ha negado a entregar la información, invocando el resguardo de la seguridad nacional (además de otras razones ajenas al debate de autos). Sin embargo, dicha autoridad, en su informe, ni siquiera efectuó un esbozo de oposición respecto de los antecedentes que interesa a esta investigación”.

Adicionalmente, agrega que “como en cualquier otro caso, el interesado podrá solicitar, en su momento, la devolución de la información que pueda resultar no pertinente a los hechos investigados”.

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Y asegura “que dada la clara redacción del art. 209, tantas veces citado, la única controversia de autos es determinar si el cumplimiento de la orden judicial de entrega de información, afecta de forma efectiva y concreta la seguridad nacional” y que “la oposición de los imputados en la causa base, en esta sede, es totalmente improcedente. Lo anterior por la más elemental de las razones jurídicas: No son titulares del bien jurídico en discusión”.

Paralelamente, Armendáriz niega que exista omisión de la Fiscalía, como acusan las defensas involucradas en la querella. “La referencia al testigo (Rafael) Araos (actual jefe de Epidemiología del Ministerio de Salud) es engañosa, pues, como bien sabe la defensa, la declaración de esta persona se incorporó a la carpeta investigativa posteriormente cuestionada. Además, el mérito de la declaración de este testigo no tiene el efecto que se le pretende dar por las defensas. No existen otras personas en esta situación, por lo que en su exposición no se debió usar el plural (“Testigos omitidos”)”.

E insiste en que “en realidad, el avance de la investigación ha reafirmado para el suscrito la pertinencia y necesidad de llevar adelante la diligencia investigativa en cuestión”.

«No puede quedar al arbitrio del requerido qué información se entrega»

La argumentación releva, además, el hecho de que “no puede quedar al arbitrio del requerido qué información se entrega. Acoger tal postura pondría en evidente peligro la eficacia de toda indagación criminal y constituiría un precedente funesto, pues huelga señalar que la selección de la evidencia relevante debe quedar a cargo del órgano investigador o, en su caso, caer dentro de la esfera de competencia del juez de garantía”, señala el documento.

Sin embargo, el fiscal le otorga un punto a las defensas involucradas en la investigación. Y este alude a que “el único fundamento esgrimido, en buenas cuentas, sería la necesidad de mantener en secreto el despliegue policial y militar que se habría efectuado para las labores de control de desplazamiento de la población».

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No obstante lo anterior, Armendáriz advierte que se trata de un «aspecto en el cual, desde luego, ninguna incidencia directa tiene la autoridad requerida, pues no es de su competencia el detalle del despliegue de unidades uniformadas”.

Respecto de la actitud de la defensa, Armendáriz fue claro y apuntó a los abogados de los imputados, dejando claro que, a su juicio, están actuando de una manera que no corresponde. “Detrás de estos cuestionamientos se encubre una suerte de recurso de apelación, del todo improcedente, pretendiendo llevar la cuestión hacia una instancia superior, bajo una modalidad no prevista en nuestro sistema procesal”, releva.

Y asegura que lo que correspondía era que plantearan un incidente de nulidad, no este mecanismo de respuesta.

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