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¿Qué implica para Cataluña la aplicación del artículo 155 de la Constitución?

Por: El Desconcierto | Publicado: 19.10.2017
La Carta Magna deja al aire el detalle del mecanismo de una de las acciones más delicadas que el gobierno central puede aplicar a una comunidad, no especifica un límite para el gobierno central, que tendría carta blanca para intervenir en lo que considere oportuno.

El gobierno de Mariano Rajoy anunció este jueves que sigue adelante con la aplicación del artículo 155. El ejecutivo central continúa «con los trámites previstos» en este artículo de la Constitución pese a que el líder catalán, Carles Puigdemont, reconoció este jueves que la declaración de independencia no se votó el pasado 10 de octubre y que está suspendida, por ahora.

Las medidas que el Gobierno tome a partir de ahora se concretarán en el gabinete ministerial convocado para el próximo sábado. Pero, ¿cómo funciona el 155? ¿Cuáles son los efectos que tendrá a la práctica para Cataluña?

En la aplicación del artículo 155 toma gran importancia una de las instituciones más deslegitimadas de la democracia española: el Senado.

La Carta Magna española, que fecha de 1978, período de transición tras la dictadura de Francisco Franco, establece que «si una Comunidad Autónoma no cumpliere» sus obligaciones «o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España», el Gobierno estará facultado para «adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general».

Para hacerlo, el ejecutivo necesita la aprobación de la mayoría absoluta del Senado, de la que dispone el Partido Popular (PP) de Rajoy.  Los populares, pero, buscaron también el apoyo del Partido Socialista (PSOE) para activar una medida que se pone en marcha por primera vez en el país. Un respaldo que hace días que está garantizado.

Carta blanca para Mariano Rajoy

Sin embargo, la dificultad más grande para el gobierno central pasa es que la Constitución no concreta las circunstancias en las que sería aplicable o no el precepto. O las medidas que se podrían poner en marcha por parte del ejecutivo, dejando al aire el detalle del mecanismo de una de las acciones más delicadas que el gobierno central puede aplicar.

Todo lo que tiene que ver con el desarrollo del artículo 155 está recogido en el Reglamento del Senado, en el artículo 189. El gobierno debe presentar por escrito «el contenido y alcance de las medidas propuestas, así como la justificación de haberse realizado el correspondiente requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y la de su incumplimiento por parte de ésta». Es decir, Rajoy debería primero justificar que Puigdemont no ha hecho caso a sus requerimientos explícitos para que depusiera su actitud de impulsar el proceso independentista de Cataluña.

Además, el presidente español tendría que especificar las medidas concretas que quisiera poner en marcha, para que el Senado vote esas medidas y no otras. Eso sí, en ningún texto se especifica un límite para el gobierno, que tiene carta blanca para pedir lo que considere oportuno al Senado.

Las medidas establecidas por el ejecutivo tendrán que ser aprobadas primero por la Comisión General de las Comunidades Autónomas (regiones) y luego debatidas y votadas en el Pleno del Senado.

Competencias, elecciones y gobierno transitorio

El alcance concreto del artículo 155 aún es una incógnita. El ejecutivo español ha reiterado en varias ocasiones que el objetivo de dicha medida no es «suspender la autonomía», sino «recuperar el autogobierno y la legalidad». En esta línea, no plantearía un escenario de «intervención total» sino en algunos de los departamentos, entre ellos el de Economía, el de Interior y podría ser también el de Educación. Queda en el aire, por ahora, quiénes asumirán esas competencias y si se retomarán desde Madrid o desde Barcelona.

Otro de los puntos clave de la intervención española en Cataluña que algunas fuerzas unionistas ya han explicitado es la convocatoria de elecciones anticipadas. Uno de los temas más debatidos es, de hecho, los plazos para disolver el Parlamento catalán y poner fecha a los comicios. Se plantea que podrían convocarse para febrero o marzo de 2018, una vez el Senado apruebe la ejecución del 155 y al menos con 54 días de anticipación, tal y como prevé la ley electoral del país. Otro de los escenarios dentro de este punto sería la posible ilegalización de los partidos independentistas, una propuesta avalada por algunos de los altos mandos del PP.

En relación al gobierno presidido por Carles Puigdemont, la propuesta que se cocina entre los partidos españoles que respaldan el 155 (PP, PSOE y Ciudadanos) es retirar las competencias al mandatario catalán a la espera de que sus «consellers» (ministros de gobierno) dimitan en bloque y sustituirlos por un equipo de representantes de perfil técnico. Un posible nombre que resuena para encabezar «la autoridad gubernamental transitoria» es el del delegado del gobierno español en Cataluña, Enric Millo.

Todos los interrogantes van a responderse a partir de este sábado, cuando La Moncloa ya anunció que aprobará el 155 en un gabinete ministerial con carácter extraordinario para su despacho al Senado en los días subsiguientes.

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