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Indicaciones a la Reforma Educacional fijan «gradualidad territorial»

Publicado: 03.01.2015
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Un total de 35 indicaciones fueron ingresadas por el Ejecutivo el día de ayer al proyecto que pone fin al lucro, a la selección y al copago, según informa hoy La Tercera.

El documento consta de 55 páginas, y reúne los acuerdos alcanzados por el ministro Nicolás Eyzaguirre en su último encuentro con los senadores oficialistas de las comisiones de Educación y de Hacienda.

Uno de los principales aspectos que abordan las indicaciones apunta a una implementación de los nuevos procesos de admisión, con los que los padres postularán a sus hijos a los colegios, se realizará bajo el criterio de «gradualidad territorial».

Con ello, las modificaciones al proyecto más emblemático de la actual administración dejarían la implementación de la reforma durante su primera año únicamente en una región que tenga menos de 300 mil habitantes, dejando sólo a Arica, Aysén y Magallanes dentro de los parámetros establecidos por el proyecto.

A ello se suma que los nuevos procesos de selección sólo podrán realizar a los niveles más bajos de cada colegio.

Las indicaciones establecen que además, para el segundo año de implementación de la reforma, se sumarán cuatro nuevas regiones con menos de un millón de habitantes. Al igual que en el caso anterior, los colegios de dichas regiones podrán realizar un proceso de admisión en los niveles más bajos y a partir del segundo año de su puesta en marcha podrán extenderlo al resto de los cursos.

Finalmente, para el tercer y cuarto año, el proceso de implementación de la reforma deberá haber alcanzado a todas las regiones del país. 

El sistema de implementación escogida para la reforma educacional recuerda al utilizado para la reforma procesal penal, el que también se llevó a cabo mediante la gradualidad a nivel regional.

Este calendario establecido por el proyecto no aplicará a los colegios que tengan “características históricas, rendimiento académico destacado en su región, que sean gratuitos, que presenten una demanda considerablemente mayor a las vacantes disponibles y que hayan establecido procedimientos de selección académica a la fecha de la publicación de la ley”

En dichos casos especiales, se deberán aplicar una disminución gradual la cantidad de cupos a los que pueden aplicar una prueba de admisión. Así, el primer año de la reforma podrán seleccionar al 85% y hacia el quinto año dicho proporción debe alcanzar el 0%

A pesar que el proyecto establece con estas indicaciones el modo en que se pondrá fin a la selección, las indicaciones contemplan que cierto tipo de establecimientos pueda aplicar procesos de admisión, entre los cuales se encuentran los denominados emblemáticos, los colegios bilingües o aquellos que cuenten con un currículo artístico o deportivo, entre otros.

Dichos establecimientos deberán presentar un proyecto que justifique su decisión de seleccionar, el cual debe ser aprobado por el Mineduc, permitiendo que un máximo del 30% de sus vacantes puedan ser seleccionadas.

 

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