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Ordenan a Fonasa pagar los gastos clínicos de Hija de Perra en clínica privada

Por: El Desconcierto | Publicado: 06.05.2016
Ordenan a Fonasa pagar los gastos clínicos de Hija de Perra en clínica privada | Fuente: Revista Fill
En el documento, firmado por el Juez Árbitro Nydia Contardo y al que tuvo acceso eldesconcierto.cl se afirma que Fonasa deberá además «informar a este Tribunal el cumplimiento de la sentencia dentro del plazo de diez días hábiles contados desde su notificación», con el detalle del orden pagado.

El 25 de agosto de 2014, el mismo día en que era trasladado desde la Clínica Dávila a la Clínica Familia, luego de 88 dias de estar internado, falleció Víctor Hugo Pérez Peñaloza, más conocido como Hija de Perra.

Desde ese día, su familia y en especial su madre, Rosa Peñaloza, han denunciado constantemente la discriminación y el «abandono del sistema público de salud» del cual fue víctima su hijo. Esto porque «no tuvo amparo en la red pública» luego de tener que salir de la clínica debido al alto costo de la hospitalización. Denuncia que pese a haber solicitado el traslado, no tuvo el apoyo suficiente y que habría sido discrminado por su situación. Además acusa que Fonasa rechazó que la internación del panciente en la Clínica Dávila haya sido en calidad de riesgo vital.

Finalmente, el pasado 17 de abril, Roza Peñaloza ingresó una carta en la oficina de partes del Ministerio de Salud solicitando una audiencia con la titular de la cartera, Carmen Castillo, para denunciar el caso.

Luego de un año y ocho meses, y luego las acciones judiciales de su familia, la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud falló a favor de la madre de Hija de Perra y ordenó a Fonasa a hacerse cargo de los gastos clínicos de la hospitalización en la Clínica Dávila.

En el documento, firmado por el Juez Árbitro Nydia Contardo y al que tuvo acceso eldesconcierto.cl se afirma que Fonasa deberá además «informar a este Tribunal el cumplimiento de la sentencia dentro del plazo de diez días hábiles contados desde su notificación», con el detalle del orden pagado.

Según el fallo, «resultan graves, precisos y concordantes para inferir, fuera de toda duda razonable, que la familia del beneficiario llevó a cabo las gestiones pertinentes para obtener el traslado del paciente a la Red Asistencial Pública, al menos, desde el 11 de junio de 2014, por lo que la permanencia en la Clínica Dávila, desde esa fecha hasta el 25 de agosto de 2014, no fue por una decisión caprichosa de la familia, sino por una falta de gestión de esa red».

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