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Felipe Alessandri anuncia globos de televigilancia para la comuna de Santiago

Publicado: 03.12.2016

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Ante el Consejo Consultivo de la Fundación Paz Ciudadana de Agustín Edwards el nuevo alcalde de Santiago, Felipe Alessandri (RN) anunció ayer la puesta en marcha de globos de televigilancia.“Hoy las alarmas y las cámaras no son suficientes, hay muchísimas otras herramientas, y los globos, ¿por qué no? Me he reunido con el alcalde (Felipe) Guevara y sería muy necesario para la comuna un globo de televigilancia en los barrios más riesgosos. Estoy dispuesto a probarlos específicamente en el barrio Yungay, en el barrio Meiggs y en la propia Alameda”, anunció.

Anualmente el Consejo Consultivo de la Fundación Paz Ciudadana reúne a autoridades vinculadas a seguridad pública y el país. Sin ir más lejos, la antigua ministra de Justicia, Javiera Blanco, lo presidió. Es por esto que el alcalde Alessandri eligió la XXIV versión de este evento para anunciar la medida, que ya ha sido implementada en Lo Barnechea y Las Condes, ambas comunas lideradas por alcaldes de Chile Vamos.

La organización Derechos Digitales sostuvo una disputa sobre la legalidad de este sistema de televigilancia, que contempla globos de helio que se pueden levantar hasta 180 metros, con rotación de 360º y más de 30 cuadras de vista. La disputa, relativa a la vulneración de la privacidad que implica el sistema, fue zanjada a favor de la medida del alcalde Felipe Guevara (RN) en Lo Barnechea en junio de este año.

«Se vigila sin orden judicial de por medio, y sin siquiera la existencia de la más mínima sospecha de la comisión de un delito. Se vigila a todo evento, a todo los vecinos, día y noche, y después no sabemos lo que pueda pasar con el material recopilado», criticó la ONG. El fallo de la Corte Suprema en ese momento estableció que los globos eran legales pero bajo un «régimen de administración» que incluye medidas como que un inspector o delegado municipal certifique, “al menos una vez al mes, que no se hayan captado imágenes desde espacios de naturaleza privada como el interior de viviendas, de establecimientos comerciales o de servicios, jardines, patios o balcones” y la destrucción de las grabaciones innecesarias, fijando un plazo de 30 días para ello.

 

 

 

Derechos Digitales criticó el fallo, señalando que existe una «falta de comprensión acerca de cómo funcionan realmente estos mecanismos de vigilancia masivos y altamente intrusivos, en que el arbitrio de sus operadores no solo es inherentemente riesgoso para el resguardo de los derechos de los afectados, sino que es inadecuado para lidiar con una tecnología de esta naturaleza» y se encuentran estudiando la factibilidad de presentar el caso ante los organismos internacionales competentes.

 

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