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Corte Suprema confirma sanción para empresa vinculada al malogrado Puente Cau Cau

Publicado: 12.01.2017

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Las sanciones impuestas por el Ministerio de Obras Públicas (MOP) a la empresa Zañartu Ingenieros Consultores, SpA. fueron confirmadas por la Corte Suprema. En el caso en que la compañía incurrió en «graves fallas constructivas y de fiscalización en el Puente Cau Cau», detalló la cartera.

Según informa T13, la sanción consiste en la exclusión de la empresa del Registro de Contratistas durante un año. Es decir, no podrá participar en las licitaciones que haga el Estado. Dicha sanción fue tomada de razón por Contraloría General de la República quien determinó que ésta se había aplicado de conformidad a la legalidad vigente.

Cabe recordar que Zañartu Ingeniero Consultores había presentado un recurso de protección para impugnar las sanciones que impuso el MOP el 24 de junio de 2016, sin embargo, la Corte de Apelaciones lo rechazó y ahora lo ratificó.

De acuerdo al ministro de la cartera, Alberto Undurraga, el fallo «reafirma la ruta trazada por el Ministerio de Obras Públicas desde que asumió este Gobierno, en el sentido que todos los responsables en las fallas del Puente Cau-Cau deben ser sancionados, y reafirma la facultad del Estado de sancionar a empresas que no cumplen con sus obligaciones para con las obras de todos los chilenos».

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