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Censo 2017: Empleadores arriesgan multas de hasta casi $3 millones si no respetan feriado irrenunciable

Publicado: 17.04.2017

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A las 21:00 horas de mañana martes comienza a correr el feriado irrenunciable por el Censo 2017 del día miércoles 19 de abril.

El subsecretario del Trabajo, Francisco Javier Díaz, informó que se trata de un feriado irrenunciable «reforzado» ya que, además de los centros comerciales -pueden operar los que son atendidos por sus propios dueños- se contempla en este régimen a los centros de entretención, como cines y espectáculos tanto al aire libre como en espacios cerrados.

Habrá 78 fiscalizadores del proceso y, además, el director nacional del Trabajo, Christian Melis, aseguró que quienes no cumplan con esta norma arriesgarán multas que van desde las 10 a las 60 UTM (equivalentes a más de $2 millones 700 mil pesos), según el tamaño de la empresa: entre 1 a 49 trabajadores la multa alcanza las 10 UTM; entre 50 a 199 a 40 UTM, y 200 y más trabajadores la sanción es de 60 UTM.

Para realizar denuncias, se puede hacer en el sitio web de la Dirección del Trabajo, que tendrá un banner disponible el día 19 de abril de 2017 desde las 00:00 a las 14:00 horas. Según informó la Cámara del Comercio, los trabajadores afectos a turnos rotativos podrán prestar servicios en el lapso que media entre las 21 horas y las 24 horas de día 18 de abril o entre las 0:00 horas y las 06:00 del día 20 de abril, cuando el respectivo turno incida en dichos lapsos.

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