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Contraloría pone mano dura sobre el SII por no querellarse en casos de corrupción de campañas políticas

Publicado: 24.04.2017

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Un oficio emitido esta mañana desde la Contraloría General de la República, establece que, efectivamente, es el Servicio de Impuestos Internos (SII) la entidad que debe resolver si castiga el fraude con multa y pena de cárcel, o solo la primera opción, sujeta al artículo 161 del Código Tributario.

El documento continúa diciendo que, a pesar de lo anterior, «resulta indispensable que las decisiones que adopte en la materia tengan un fundamento racional, ya que, conforme al principio de juridicidad, es importante que estas no obedezcan al mero capricho de la autoridad, sino a criterios objetivos que le otorguen legitimidad».

La contraloría recuerda, de paso, que las autoridades del SII debiesen atenerse a los principios de probidad e imparcialidad, y que sus decisiones deben evitar que las persecuciones y sanciones se pierdan al acabar prescritas.

Luego, Contraloría exige que el SII investigue el por qué de la demora en querellarse contra Carlos Ominami, la que derivó en su sobreseimiento.

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