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«Peligro para la sociedad»: Confirman prisión preventiva para Alex Smith por Caso Huracán

Por: El Desconcierto | Publicado: 06.03.2019
«Peligro para la sociedad»: Confirman prisión preventiva para Alex Smith por Caso Huracán Alex Smith | Foto: Agencia Uno.
La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de protección presentado por la defensa de Alex Smith y confirmó la prisión preventiva debido a que su libertad constituye un «peligro para la seguridad de la sociedad y el éxito de la investigación». 

Este miércoles, la Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Alex Smith y confirmó la prisión preventiva en contra del ingeniero y asesor informático de la extinta Unidad de Inteligencia Operativa Especializada de Carabineros de La Araucanía, en el marco del Caso Huracán

Alex Smith es uno de los civiles involucrados en los casos de espionaje y montajes realizados por Carabineros al Pueblo Mapuche en el marco de la «Operación Huracán», luego de descubrirse que la Unidad de la que era parte Smith habría manipulado pruebas para incriminar a los detenidos mediante la intervención fraudulenta de mensajes en teléfonos celulares.

Debido a esto, Smith fue imputado como autor de los delitos de asociación ilícita, osbtrucción a la investigación y falsificación de instrumento público y en una resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco había quedado en prisión preventiva como medida cautelar.

Los abogados de Smith apelaron y presentaron un recurso de protección, pero esto no dio frutos debido a que la primera Sala de la corte de Apelaciones de Temuco en un fallo unánime confirmó la prisión preventiva debido a que  la libertad del Smith constituye un «peligro para la seguridad de la sociedad y el éxito de la investigación».

“Teniendo únicamente presente el número de delitos que se atribuyen al imputado, la forma de ejecución y la naturaleza de los mismos, la gravedad de las penas que de ser impuestas hacen improcedente la aplicación de las penas sustitutivas contempladas en la Ley N° 18.216 y la circunstancia que además existen diligencias pendientes que hacen necesaria la mantención de la medida cautelar”, sostiene el fallo.

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