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TC falla a favor de criminal de Punta Peuco y sienta precedente para que reos puedan evadir nuevos requisitos de libertad condicional

Publicado: 25.01.2020

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En julio de 2019, Rodrigo Pérez Martínez – ex agente de la CNI condenado por su participación en la Operación Albania – presentó un recurso de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional (TC) con el que pretendía revertir una decisión de Gendarmería, que no lo incluyó en el listado de las personas que cumplían los condiciones para obtener la libertad condicional. Esto, luego de que la legislación correspondiente para regular dicho beneficio carcelario fuera modificada en enero del año pasado, aumentando los requisitos de postulación de los convictos.

Los artículos que cambiaron, y los que específicamente reclamó Pérez según La Tercera, fueron el 3° bis y el 9° del decreto ley N°321, el primero que establece ahora un incremento del requisito de la mitad de la condena a los 3/4 de esta para postular, y el que se refiere a la “colaboración sustancial”.

A través de su defensa, el criminal de lesa humanidad argumentó que se le estaba aplicando “retroactivamente una ley más gravosa, estableciendo mayores exigencias para obtener el beneficio de libertad condicional e incidiendo así de manera directa en su libertad personal al restringir con pautas más gravosas el acceso paulatino a la libertad total”.

Asimismo, los abogados defensores de Pérez esgrimieron que esta medida coartaría el “derecho de igualdad respecto de aquellas personas que, habiendo cometido delitos en la misma época, sí obtuvieron la libertad condicional por haber postulado antes de la modificación legal referida, afectando así también la esencia de dichas garantías”.

Bajo este marco argumental, el Tribunal Constitucional decidió declarar inaplicables por inconstitucionales los dos artículos objetados.

En una entrevista con el medio, el legista y defensor del reo de Punta Peuco, Maximiliano Murath, asegura que la sentencia implica que “de aquí para adelante Gendarmería no tiene la facultad para determinar quiénes tienen los requisitos” para postular al beneficio y que “los artículos de la nueva ley, que producen alguna vulneración constitucional, no pueden ser aplicados a los casos concretos”.

“Es una declaración muy importante sobre cómo interpretar los requisitos de la nueva ley en los casos que vienen en adelante ya que ahora se sabe cuál es la opinión del TC, en un caso concreto«, concluye Murath, quien establece que con esto se abre una puerta para que más internos de este penal puedan emprender acciones judiciales parecidas.

 

 

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