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Corte ordenan a AFP devolver fondos previsionales a cotizante extranjero

Por: Carolina Ceballos | Publicado: 18.03.2020
Corte ordenan a AFP devolver fondos previsionales a cotizante extranjero No + AFP | IMAGEN REFERENCIAL DEL MOVIMIENTO «NO + AFP»
La resolución, de carácter unánime, favorece a un ciudadano peruano que debiera recibir sus fondos dentro de un plazo de 15 días, de parte de AFP Capital.

«La Corte de Apelaciones de Antofagasta, acogió el recurso de protección presentado por un afiliado de nacionalidad peruana en contra de AFP Capital S.A., que rechazó solicitud de devolución de ahorros previsionales, pese a cumplir el recurrente con todos los requisitos legales», se lee en un comunicado oficial emanado del Poder Judicial.

De acuerdo a la publicación, en este caso se trata de un fallo unánime que se generó luego que de «establecer el actuar ilegal y arbitrario de la AFP».

«(…) se estima que el rechazo de la AFP CAPITAL, en torno a la no devolución de los fondos previsionales del recurrente (…) infringe la garantía del numeral 24º de la Constitución, por cuanto, estableciéndose por ley (artículo 7º de la Ley 18.146) la posibilidad del retiro de los fondos previsiones en Chile, siempre que se cumplan los requisitos legales, la negativa se transforma en un acto ilegal y arbitrario, por cuanto», argumenta la resolución legal que favorece a un ciudadano peruano.

«Se acoge con costas, el recurso de protección deducido por el abogado Jaime Araya Guerrero, en representación de don Frank Alexander Ore Yanki, en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Capital S.A., por estimarse infringidas las garantías constitucionales (…) de la Constitución Política de la República de Chile, debiendo esta entidad previsional proceder a la devolución de los fondos previsionales del recurrente y que se encuentran depositados en su cuenta de capitalización individual, dentro de un plazo de quince (15) días corridos contados desde que quede ejecutoriada la presente acción de protección», se lee en la parte final del dictamen del documento publicado por la oficina de prensa del Poder Judicial.

 

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