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Corte de Apelaciones de Punta Arenas admite recurso de protección contra polémico dictamen de la DT

Publicado: 02.04.2020

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Este jueves la Corte de Apelaciones de Punta Arenas declaró admisible un recurso de protección en contra del polémico dictamen de la Dirección del Trabajo, que permitía a los empleadores desvincularse de sus obligaciones de pagar remuneraciones a sus trabajadores, en caso de que estos no pudieran asistir a sus lugares de trabajo, situación que puede producirse por una cuarentena o toque de queda en este contexto de crisis sanitaria.

Esta acción legal, presentada por el diputado ligado al Partido Radical Karim Bianchi, solicita prohibir la aplicación del dictamen en la región de Magallanes.

En esa misma línea, el tribunal del sur ofició a la Dirección del Trabajo para que emita un informe que responda a la denuncia del parlamentario, quien acusa ilegalidad y arbitrariedad en este dictamen. Para esto, la institución gubernamental tendrá un plazo de cinco días hábiles.

“Es importante recordarle a la Dirección del Trabajo que las relaciones laborales no son meras interacciones entre dos partes en igualdad de condiciones. Por definición y sobre todo en Chile, los trabajadores se encuentran siempre en desventaja en relación a su empleador y, por lo mismo, no se le puede exigir lo mismo al trabajador y a las empresas”, explica el diputado que presentó el recurso.

Esta acción legal, que sí fue admitida, es similar a la presentada por el PR que fue desestimada por la Corte de Apelaciones de Santiago hace unos días, razón por la que la directiva del partido acudió ayer a la Suprema, en busca de que se respeten las obligaciones contractuales y los derechos de las y los trabajadores.

“Esperamos que la Corte de Santiago se abra a nuestra solicitud, tal como lo ha hecho la Corte de Punta Arenas», declaró el presidente de los radicales, Carlos Maldonado, quien además sostuvo que «la norma que aprobó el Congreso ayer y que ha sido promulgada hoy no resuelve la inequidad determinada por el dictamen de la DT, que valida en general y en forma previa, sin examen judicial, el no pago de remuneraciones a quienes se vean impedidos de asistir a sus trabajos por decisiones de la autoridad, como es el caso de las cuarentenas, generando desprotección de las y los trabajadores, lo cual atenta contra la esencia del Derecho Laboral y la propia misión institucional de la Dirección de Trabajo».

 

 

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