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El oficio del gobierno que genera colas solo para los afiliados a Fonasa

Publicado: 15.04.2020

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Desde que comenzó la crisis sanitaria propiciada por el COVID-19, el sistema de salud chileno ha debido afrontar situaciones extraordinarias, que han puesto de manifiesto las diferencias que hace décadas han existido en el mismo, pero que en el contexto actual parecen acentuarse.

Un nuevo ejemplo de estas diferencias, es el oficio que la Superintendencia de Salud, a través de su Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, liderada por Manuel Rivera Sepúlveda, envió hace un par de semanas a las isapres, en el que las comanda a entregar los medicamentos contemplados dentro del GES (Garantías Explícitas de Salud), directamente a los hogares de las personas.

Se trata de un beneficio que pretende descongestionar farmacias y ayudar a que la población mayor no deba exponerse al ir a comprar su medicamentos, pero que olvidó un aspecto fundamental: los usuarios de Fonasa, que son la mayoría del país y los más vulnerables.

El documento con fecha 1 de abril del 2020 establece que «la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud estima indispensable complementar el Oficio Ciruclar IF/N°10, de 19 de marzo último, con nuevas instrucciones destinadas a garantizar la continuidad en el otorgamiento de los beneficios GES, y el cumplimiento oportuno de la entrega de medicamentos GES, y de los tratamientos médicos por patologías GES, mientras se mantenga la situación de alerta sanitaria».

En ese sentido, ordena que «las instituciones de salud previsional deberán coordinar con sus farmacias en convenio, la entrega de los medicamentos GES a todos los pacientes con patologías GES, en sus respectivos domicilios, los que pagarán el correspondiente copago, pero sin que ellos signifique a los beneficiarios trámites y/o costos adicionales por la utilización de dicha modalidad».

Continuadamente, el texto entrega una serie de directrices para coordinación entre isapres y farmacias.

Entre ellas, se explica que las isapres deberán «revalidar por un período de 6 meses la vigencia de las recetas médicas por medicamentos GES», y que «deberán habilitar en sus sitios web una aplicación que permita la adquisición de bonos para que los beneficiarios puedan acceder a las atenciones correspondientes a problemas de salud GES».

Asimismo, el oficio detalla que la farmacia podrá coordinar con el usuario el momento u horario del día que le convenga para recibir los medicamentos, y en el caso de que «un paciente con un problema GES, solicite el envío del medicamento antes de la fecha que corresponda, la isapre deberá gestionar con la respectiva farmacia, que el medicamento sea despachado dentro de las 24 horas siguientes de recibida la solicitud, sin trámites ni costos adicionales para el beneficiario».

Finalmente, el texto firmado por intendente de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, Manuel Rivera Sepúlveda, establece que estas determinaciones entraron en vigencia el pasado 13 de abril, hace dos días.

Revisa el documento completo aquí:

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