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Proyecto de voto anticipado: ¿Quiénes podrán inscribirse y cuándo será efectivo?

Por: El Desconcierto / Agencia Veritas Capitur | Publicado: 20.01.2021
Proyecto de voto anticipado: ¿Quiénes podrán inscribirse y cuándo será efectivo? Proyecto de voto anticipado | Agencia Uno
En abril próximo se llevarán a cabo los comicios más importantes del último tiempo en Chile, una intensa jornada en las que los ciudadanos deberán elegir a los alcaldes, concejales, gobernadores y, quizá lo más importante, a los constituyentes encargados de elaborar la nueva Carta Magna. Debido a que se realizarán en medio de la pandemia, el gobierno presentó el proyecto de voto anticipado, iniciativa que tendrá algunas excepciones.

El gobierno presentó este martes un proyecto que busca incorporar el voto anticipado en las elecciones. Sin embargo, la normativa no considera personas privadas de libertad ni en cuarentena por COVID-19.

Se trata de una indicación sustitutiva del Ejecutivo que contiene un artículo único que establece que dicha votación anticipada tendrá lugar el día anterior al día fijado para la elección o plebiscito correspondiente, es decir, el sábado.

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¿Quiénes pueden inscribirse al voto anticipado?

De acuerdo al proyecto, podrán inscribirse para votar anticipadamente las personas que, a la fecha de la elección o plebiscito, formen parte de alguno de los siguientes grupos:

  • Tener 70 años o más de edad.
  • Mujeres embarazadas.
  • Personas que tengan algún tipo de discapacidad, según la calificación y certificación señaladas en el artículo 13 de la ley N° 20.422 (COMPIN), o aquellas que tengan la calidad de asignatarios de pensión de invalidez de cualquier régimen previsional.
  • Miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.

El ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Juan José Ossa, indicó que “creemos que es un aporte a la Democracia y esperamos que siga avanzando a paso firme en el Congreso”.

Proyecto recibe críticas

Margarita Maira, Encargada de incidencia de Ahora Nos Toca Participar, indicó que «un proceso constituyente donde no se garantice el voto anticipado para personas privadas de libertad, contagiadas con COVID-19, trabajadoras y trabajadores en faenas, con movilidad reducida y sus cuidadoras y otras formas de voto inclusivo; significa debilitar el carácter ciudadano del proceso y perdemos la oportunidad de escuchar la opinión de los sectores sociales con mayor vulneración de derechos«.

Por su parte, la vocera de Red de Cabildos Penitenciarios, Natalia Subercaseaux, rechazó que se siga negando el voto a «aproximadamente 14 mil personas privadas de libertad que hoy tienen derecho a voto y que no pueden materializarlo por consideraciones fácticas».

 

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