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Anticonceptivos defectuosos: Farmacéuticas deberán pagar más de $66 millones en multas

Por: El Desconcierto | Publicado: 24.02.2021
Anticonceptivos defectuosos: Farmacéuticas deberán pagar más de $66 millones en multas |
Las multas a las farmacéuticas se cursaron por sus responsabilidades en la distribución y fabricación del producto Anulette CD comprimidos recubiertos, que en sus series B20034A y B20035A presentó problemas de calidad y su uso provocó embarazos no deseados.

El Instituto de Salud Pública de Chile (ISP) informó este miércoles que dos farmacéuticas deberán pagar millonarias multas por distribuir anticonceptivos defectuosos.

Según señalaron a través de un comunicado, el día el 10 de febrero de 2021 el organismo emitió una Resolución Exenta Nº 537, por medio de la cual sancionó a través de un sumario sanitario a Laboratorios Silesia S.A. y Laboratorios Andrómaco S.A.

Lo anterior, detalló, “por sus responsabilidades en la distribución y fabricación del producto farmacéutico Anulette CD comprimidos recubiertos, registro sanitario Nº F-11458, que en sus series B20034A y B20035A, presentó problemas de calidad (presencia de alveolos vacíos, alveolos con comprimidos triturados, dos comprimidos en un alveolo, entre otros en varios blísteres), vulnerando distintas normas contenidas en el Código Sanitario y el Decreto Supremo Nº 3, del año 2010, del Ministerio de Salud”.

En dicho acto administrativo, se analizaron los descargos que presentaron los apoderados de ambas empresas, así como los antecedentes que los acompañaron. Una vez finalizado el proceso, se aplicaron varias multas que, en total, ascienden a 1.300 UTM, o $66.470.300.

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“Considerando que el sistema regulatorio de medicamentos estipula que una vez que un producto farmacéutico es registrado, corresponde al titular del registro y a sus responsables técnicos dar fe de que este se elabore, produzca, importe, libere, distribuya y expenda cumpliendo las especificaciones del producto y con las buenas prácticas de manufactura, de almacenamiento y de distribución”, indicaron desde el ISP.

Finalmente, añadieron que, ya que estas normas regulatorias además establecen específicamente “la responsabilidad de cada uno de los técnicos que intervienen en el proceso y que son aquellas que este Instituto persigue por medio de la instrucción de sumarios sanitarios, es que se dictó la sentencia antes señalada”.

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