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Suprema acoge apelación del gobierno y declara legales tres casos de migrantes expulsados en vuelo FACH

Por: El Desconcierto / Agencia Veritas Capitur | Publicado: 24.02.2021
Suprema acoge apelación del gobierno y declara legales tres casos de migrantes expulsados en vuelo FACH Migrantes deportados suben a vuelo de la FACH. | Agencia Uno (archivo).
La Corte Suprema revocó los fallos de primera instancia en tres de cuatro recursos de amparo apelados. El máximo tribunal consideró que la autoridad administrativa había obrado dentro del límite de sus atribuciones.

Durante esta jornada, la Corte Suprema de Justicia revocó tres de cuatro recursos de amparo interpuestos en favor de migrantes expulsados desde la ciudad de Iquique el pasado 10 de febrero.

Las acciones se interpusieron aludiendo a la imposibilidad de ejercer el derecho a defensa de las personas deportadas. En aquellas causas, la Corte de Apelaciones de Iquique en primera instancia falló en favor de los ciudadanos extranjeros, sin embargo el máximo tribunal desestimó la decisión.

En los tres fallos revocatorios manifestó expresamente que la autoridad administrativa ha obrado dentro del límite de sus atribuciones, con estricto apego a las normas contenidas en la Constitución y las leyes, fundando adecuadamente sus actos.

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En cuanto al recurso confirmado por la Corte Suprema, no se plantea ningún cuestionamiento al procedimiento administrativo en virtud del cual se materializaron las expulsiones, sino que atendió a una circunstancia particular de la persona amparada.

El subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, comentó que «hemos actuado conforme a nuestras atribuciones, a la ley, a la Constitución. La forma de ingresar a nuestro país es hacerlo regularmente, quienes lo hacen clandestinamente arriesgan su patrimonio, su vida, pero además obligan a Chile iniciar procesos de expulsión».

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Lo anterior se suma a que el día de ayer, martes 23 de febrero, la Corte de Apelaciones de Iquique, de manera unánime, rechazó un recurso de amparo interpuesto por el abogado Francisco Cox Vial, desestimando afirmaciones referidas a las condiciones sanitarias en que son mantenidos los ciudadanos extranjeros que han ingresado por pasos no habilitados, así como también la supuesta detención ilegal de la que eran objeto.

Al respecto, la Corte concluyó que a propósito de las situaciones denunciadas por Cox, no existió ninguna acción u omisión que afectara la libertad personal o ambulatoria de las personas amparadas.

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