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Caso Tomás Bravo: En 2004 el fiscal Ortiz acusó de violación y parricidio a obrero que terminó absuelto

Publicado: 03.03.2021

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Este martes, el Juzgado de Garantía de Arauco rechazó la prisión preventiva para Jorge Escobar, tío abuelo de Tomás Bravo y a quien el fiscal José Ortiz acusó de ser el culpable de su asesinato.

Sin embargo, su solicitud fue denegada por el tribunal por considerar que, según informe de autopsia, no se encuentra acreditada la existencia de un homicidio ni indicios de participación del imputado en la muerte de Tomás Bravo.

En opinión de la jueza, Perla Roa, las pruebas del fiscal Ortiz eran inconsistentes y no se podía adjudicar un delito al tío abuelo del menor, por lo que en las próximas horas sería dejado en libertad, pese a que el persecutor lo acusó ante las cámaras, diciendo que se le imputaría por homicidio simple o, incluso, calificado.

Se repite la historia

Este revés judicial del fiscal José Ortiz no es nuevo según lo revelado por Ex-Ante. En el año 2004, lideró el caso que la prensa de ese entonces mal llamó como “El Chacal de Curanilahue”.

En aquel entonces, Ortiz acusó al obrero Carlos Ramírez de haber violado y asesinado a su pequeña hija de un año y ocho meses, aduciendo que el médico que atendió a la menor había dicho que tenía signos de abuso sexual.

Con esa declaración, Ortiz solicitó que Ramírez estuviera cuatro meses en prisión preventiva, la cual fue revocada tras la aparición de un informe pericial del Laboratorio de Criminalística de Santiago, que descartó la violación en la menor de edad fallecida.

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Finalmente, el padre fue absuelto luego de comprobarse que su cuñada fue la asesina de la niña, siendo condenada a 10 años y un día de cárcel, dejando además un antecedente en el desempeño de José Ortiz, reeditado a partir a partir de su desempeño en la audiencia de formalización del tío de Tomás Bravo.

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