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COVID-19: Acogen a trámite causa ética contra veterinarios que inocularon a personas con fórmula canina

Por: Agencia Uno | Publicado: 27.05.2021
COVID-19: Acogen a trámite causa ética contra veterinarios que inocularon a personas con fórmula canina Imagen referencial | Agencia Uno
Desde el Colegio Médico Veterinario de Chile (Colmevet) buscan llamar la atención de las autoridades, quienes a su juicio no han aplicado las sanciones prescritas por el art. 20° de la Ley 20.120, que podría generar la suspensión o inhabilitación de profesionales que experimentan con seres humanos contraviniendo la norma vigente.

Como un “hecho histórico y un precedente a nivel nacional”, calificó el Colegio Médico Veterinario de Chile (Colmevet), la admisión a trámite del 1er Juzgado de Letras de Calama de la reclamación ética interpuesta por el gremio contra médicos veterinarios no colegiados, por experimentación en humanos, al inocular en personas la vacuna óctuple canina como tratamiento anti COVID-19.

Respecto del trámite, Diego Gallegos, abogado de Colmevet, detalló que “expusimos los hechos constitutivos de nuestro reclamo ético, pero de forma anonimizada y abstracta a nuestro Tribunal de Ética Nacional, quien nos indica que todo lo expuesto sugiere una conducta contraria a la ética profesional y nos recuerda también que es un deber ético de los dirigentes del Colmevet realizar lo que corresponda frente a casos de menoscabo y desprestigio profesional”.

Paralelamente, entregó detalles de la gestión materializada. “Hicimos la presentación al Tribunal de Calama, porque en el caso de la inoculación de personas con vacuna óctuple canina, tenemos la convicción que los médicos veterinarios involucrados transgredieron la ética profesional gravemente, experimentando en humanos, además de ofender a nivel nacional la reputación de la profesión médico-veterinaria”, agregó.

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El asesor legal explicó además que la actual Constitución de la República, en su artículo 19°, entregó la jurisdicción ética a los colegios profesionales y a tribunales especiales, que nunca se constituyeron.

Al no existir estos tribunales, cobra vigencia una disposición transitoria constitucional que entrega la competencia para conocer de reclamos éticos contra profesionales no colegiados a los tribunales ordinarios.

En este sentido, Gallegos sostuvo que “nuestros estatutos permiten rechazar una afiliación sólo en ciertos casos. Uno de ellos es que exista una sentencia en materia ética. Entonces, necesitamos esta sentencia para protegernos y poder rechazar la afiliación de estos profesionales”.

Adicionalmente, detalla que si estas personas “se colegian, tampoco podríamos juzgarlos por hechos anteriores a la afiliación, por lo que resulta inaceptable que exista impunidad, incluso en materia ética, respecto de la experimentación en humanos”.

Por último, en Colmevet indicaron que, con esta acción, también se busca llamar la atención de las autoridades, quienes a su juicio no han aplicado las sanciones prescritas por el art. 20° de la Ley 20.120, que podría generar la suspensión o inhabilitación de profesionales que experimentan con seres humanos contraviniendo la norma vigente, denuncia que también el gremio realizó ante los tribunales y autoridades competentes.

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