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Confirman condena de carabineros y militares por secuestros y crímenes en Tocopilla

Por: El Desconcierto | Publicado: 07.09.2021
Confirman condena de carabineros y militares por secuestros y crímenes en Tocopilla Corte de Apelaciones, imagen referencial | Agencia Uno
La justicia ratificó las condenas a miembros del Ejército y Carabineros por el crimen y secuestro calificado de 12 víctimas, ilícitos ocurridos entre septiembre y octubre de 1973, en el norte del país. Específicamente se sentenció a 15 años de presidio mayor en su grado medio a Luciano Astete Almendras, Alex Adalberto Cantín Leyton, Gilberto Arturo Santiago Egaña García, como autores de los delitos reiterados de homicidio calificado.

Este martes se oficializó la noticia de la determinación adoptada por la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, entidad que dictó sentencia definitiva de segunda instancia en la causa llamada Episodio Tocopilla, condenando a miembros del Ejército y Carabineros por el homicidio y secuestro calificado de 12 víctimas, ilícitos ocurridos entre septiembre y octubre de 1973, en el norte del país.

De esta manera la Sala, integrada por la ministra Mireya Eugenia López y los ministros (as) Suplentes Rafael Andrade y María Inés Lausen, confirmó lo resuelto por el Ministro de Fuero Mario Carroza Espinosa en su fallo de primera instancia. En consecuencia, se condenó a 15 años de presidio mayor en su grado medio a Luciano Astete Almendras, Alex Adalberto Cantín Leyton, Gilberto Arturo Santiago Egaña García, como autores de los delitos reiterados de homicidio calificado de Claudio Rómulo Tognola Ríos, Carlos Miguel Garay Benavides, Luis Orocimbo Segovia Villalobos, Agustín de la Cruz Villarroel Carmona, Reynaldo Armando Aguirre Pruneda, Freddy Alex Araya Figueroa, Julio Enrique Brewe Torres, Breno Benicio Cuevas Díaz, Vicente Ramón Cepeda Soto y Carlos Óscar Gallegos Santis. Y por el delito de secuestro calificado de Manuel del Carmen Muñoz Cornejo.

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Asimismo, se ratificó la sentencia respecto de Raúl Darío Almonacid Valdivia, quien queda condenado como autor de los delitos reiterados de homicidio calificado de seis de las 12 víctimas, recibiendo la pena de ocho años de presidio mayor en su grado mínimo.

Y en el caso de Luis Ramón Guerrero González e Ivar Liborio Muñoz Peña, quedan condenados en calidad de autores del delito de secuestro calificado de Manuel del Carmen Muñoz Cornejo a cinco años de presidio menor en su grado máximo.

Respecto de las sentencias, el abogado querellante Francisco Ugás Tapia, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados y quien representa a familiares de Manuel Muñoz Cornejo, Carlos Garay Benavides y de Vicente Ramón Cepeda Soto, destacó “que se haya logrado cambiar la participación de algunos sujetos que habían sido condenados como cómplices y encubridor(es) por sentencia de primer grado, a la de autores (concretamente, respecto de Gilberto Arturo Santiago Egaña García, de Raúl Darío Almonacid Valdivia, de Ivar Liborio Muñoz Peña.

No obstante lo anterior, cuestionó una inesperada determinación judicial. «Es reprochable el que la sala, por mayoría, haya aplicado la media prescripción, cuya incidencia se observa de manera grosera en las penas fijadas”, agregó.

En consecuencia, Ugás confirma que recurrirán en contra de la sentencia del tribunal de alzada capitalino, tanto por en lo penal como en lo civil.

El caso

De acuerdo a la investigación sustanciada por el ministro de fuero Mario Carroza, se pudo establecer en qué circunstancias se generaron los ilícitos que se enumeran:

A raíz de los acontecimientos acaecidos en el país el día 11 de septiembre de 1973, el Gobierno Militar ordena tomar el control de la ciudad de Tocopilla e instruye a las unidades de la Armada, Carabineros, Policía de Investigaciones y militares, en la jurisdicción, misiones específicas a realizar.

Así las cosas, en un primer momento asume como gobernador de Tocopilla, el capitán de la Armada Humberto Fuentes Morales, quien en atención a su estado de salud y recursos logísticos, entrega esa responsabilidad al prefecto de Carabineros Luciano Astete Almendras, y a su vez se designa al subprefecto Juan de Dios Salazar Lantery como Fiscal Militar para el Departamento de Tocopilla, estando sus funciones dirigidas a instruir los procesos que tuvieran relación con las actividades políticas y subversivas que se desarrollaran en la provincia.

Para tal cometido, por instrucciones del prefecto Luciano Astete Almendras, el Fiscal Militar designa una Comisión Civil al mando del entonces Teniente Alex Cantín Leyton, para que se dedique coordinadamente con el personal militar, la Armada e Investigaciones a ejecutar operativos contra la población civil de la ciudad, consistente en allanamientos, privaciones de libertad, interrogatorios, torturas y ejecuciones sumarias, como en los casos que se enumeran:

Hechos que terminaron en la muerte de Iván Morán y Moreno Díaz

El día 18 de septiembre de 1973, alrededor de las 20:00 horas, efectivos de Carabineros de Tocopilla comandados por Raúl Gaete Cuevas (fallecido), Juan Bonilla Castro (fallecido) y Diocario Contreras Labrín (fallecido), detuvieron a Iván Florencio Morán Araya y Ernesto Manuel Moreno Díaz para conducirlos hasta la Comisaría de esa ciudad, donde serían interrogados. Sin embargo, en la madrugada del día siguiente, ambos fueron ejecutados afuera de la comisaría por funcionarios policiales que cumplían órdenes de sus superiores bajo el pretexto de haber intentado darse a la fuga. Sus cuerpos sin vida y con heridas de bala, se entregaron en la morgue del Hospital Marcos Macuada de Tocopilla.

Fusilados en la Mina La Veleidosa

Los mismos funcionarios de la Comisaría de Tocopilla detuvieron desde los días 11 de septiembre al 4 de octubre de 1973, a varias personas individualizadas como Claudio Rómulo Tognola Ríos, Carlos Miguel Garay Benavides, Luis Orocimbo Segovia Villalobos, Agustín de la Cruz Villarroel Carmona, Reinaldo Armando Aguirre Pruneda y Freddy Alex Araya Figueroa. Los mantuvieron presos en los calabozos de la Primera Comisaría de Carabineros de esa ciudad y luego, en la Cárcel Pública de dicho puerto.

Desde este último recinto, el 6 de octubre se los traslada maniatados hasta el pique minero denominado «Mina La Veleidosa» o «La Descubridora», en Tocopilla. Una vez en el lugar, les ordenan bajar para hacer un pelotón de fusileros integrados por funcionarios de Carabineros, Investigaciones, Armada y Ejército, a quienes se intruye dispararles con sus armas de fuego, con el propósito de matarlos.

Posteriormente, los cuerpos sin vida de Tognola, Garay, Segovia y Villarroel, se arrojan dentro del pique mencionado, que tenía una profundidad superior a los seiscientos metros. Los restos se recuperaron parcialmente y se identificaron en el transcurso del año 1991.

Sin embargo, los cadáveres de Aguirre y Araya se trasladan a la morgue del Hospital Marcos Macuada de Tocopilla, bajo el argumento de que los asesinaron en un intento de fuga, en momentos en que se realizaba un operativo de búsqueda de armas y explosivos en el sector de una mina sin nombre.

El crimen de Julio Brewe, Breno Cuevas, Vicente Cepeda y Carlos Gallegos

Por otra parte, efectivos dependientes de la misma Prefectura de Carabineros de Tocopilla, detuvieron entre el 16 y 20 de septiembre de 1973 a Julio Enrique Brewe Torres, Breno Benicio Cuevas Díaz, Vicente Ramón Cepeda Soto y Carlos Oscar Gallegos Santis. Posteriormente, los trasladaron a la Primera Comisaria de esa ciudad, donde los mantuvieron en los calabozos hasta la madrugada del 23 de octubre del mismo año, cuando a los cuatro los mataron dentro de sus celdas, utilizando fusiles ametralladoras.

Los cuerpos se entregaron a la morgue del Hospital Marcos Macuada, mientras la información que se oficializa a la opinión pública es que los detenidos le habían arrebatado el fusil SIG a un centinela que los vigilaba y que no pudieron utilizar por desconocimiento. Debido a esta situación, personal de servicio de la unidad policial tuvo que abrir fuego y matarlos.

Secuestro calificado de Manuel Muñoz, el 14 de septiembre del 73

Para el 11 de septiembre de 1973, en el contexto de los hechos que sacudieron al país, se entrega la misión al Prefecto Delegado Luciano Astete Almendras de crear un grupo operativo de represión política en Tocopilla. Para ello, designa como Fiscal Militar al subprefecto de Carabineros Juan de Dios Salazar Lantieri (fallecido), quien para cumplir su tarea nombra a algunos funcionarios de la Primera Comisaría de Tocopilla, para detuvieran  e interrogaran a las personas identificadas como partidarias del gobierno depuesto por el golpe militar.

Este grupo operativo de Carabineros, estaba dirigido por el teniente Alexis Cantín Leyton e integrado de manera permanente por los funcionarios policiales, que tenían pleno conocimiento de los ilícitos de los actos que se cometieron, pese a lo cual cooperaron en su ejecución con actos previos o simultáneos.

En consecuencia, el 11 de septiembre de 1973, se presentaron en la Empresa Soquimich, comandados por el teniente Alex Cantín Leyton. Acto seguido, detuvieron a Manuel del Carmen Muñoz Cornejo, a quien trasladaron hasta la Comisaria de Tocopilla, luego a un calabozo del Centro de Detención Preventiva de Tocopilla, lugar  en el que permaneció durante tres días bajo crueles e inhumanos tormentos.

Finalmente, el 14 de septiembre el mismo Cantín y sus subalternos los trasladan a un lugar desconocido, donde se pierde su rastro, sin que hasta la fecha se conozca su destino.

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