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Comando Conjunto: Siete exagentes son condenados por desaparición de dirigente de la JJ.CC

Por: Edgar Pfennings De la Vega | Publicado: 15.12.2021
Comando Conjunto: Siete exagentes son condenados por desaparición de dirigente de la JJ.CC Manifestación por detenidos desaparecidos | Agencia Uno (archivo)
Los uniformados secuestraron al dirigente de las Juventudes Comunistas Ulises Merino Varas en La Granja en febrero de 1976. Posteriormente, el joven fue trasladado a diferentes centros de detención y tortura hasta que en abril se le perdió el rastro tras haber llegado al recinto ‘La Firma’. Los exagentes involucrados hasta el día de hoy no reconocen los hechos y el paradero de la víctima aún se desconoce.

Este miércoles la Corte de Apelaciones de San Miguel condenó a siete agentes del denominado Comando Conjunto por su responsabilidad en los delitos de asociación ilícita y secuestro calificado de Ulises Merino Varas perpetrados a partir de febrero de 1976, en la comuna de La Granja.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada ratificó la sentencia impugnada, dictada por la ministra en visita extraordinaria Marianela Cifuentes Alarcón, que condenó a Antonio Benedicto Quirós Reyes y Juan Francisco Saavedra Loyola a las penas efectivas de 10 años y 5 años y un día de presidio, respectivamente. Quirós es autor del delito de secuestro calificado, mientras que Saavedra cometió asociación ilícita.

Por otro lado, los exagentes Daniel Luis Guimpert Corvalán y Manuel Agustín Muñoz Gamboa deberán purgar las penas efectivas de 8 años y 5 años y un día de presidio, como autores de secuestro calificado, el primero, y asociación ilícita, el segundo.

Francisco Segundo Illanes Miranda y Ernesto Arturo Lobos Gálvez recibieron penas de 6 años y 541 días de presidio, como autor de los delitos de secuestro calificado y asociación ilícita, respectivamente. Finalmente, Alejandro Segundo Sáez Mardones deberá purgar 6 años de presidio por el delito de secuestro calificado.

 Según el fallo, los criminales, “si bien negaron su participación en los hechos (…), reconocieron, en algunos casos con matices, su participación del así llamado ‘Comando Conjunto'».

“La diferenciación de pena se funda y se justifica en los diversos grados jerárquicos y responsabilidad que ostentaban quienes participaron en el ilícito de que se trata”, añade la decisión judicial junto con afirmar que se consideró como agravante que el crimen consista en un delito de lesa humanidad.

En el aspecto civil, se confirmó el fallo que acogió las demandas de indemnización de perjuicios y que ordenó al fisco pagar la suma total de $180 millones por concepto de daño moral, a familiares de las víctimas.

Comando conjunto

En la resolución de primera instancia ratificada, la ministra Marianela Cifuentes Alarcón dio por establecidos que “existió una organización jerárquica, disciplinada y con estructura militar denominada ‘Comando Conjunto’, integrada por individuos pertenecientes a los organismos de inteligencia de la Fuerza Aérea, Carabineros y Armada, esto es, a la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea (DIFA), a la Dirección de Inteligencia de Carabineros (DICAR) y al Servicio de Inteligencia Naval (SIN)».

De acuerdo a la ministra Cifuentes, esta unidad operó «bajo el mando del general de brigada aérea Freddy Enrique Ruiz Bunger y de los comandantes Antonio Benedicto Quirós Reyes y Juan Francisco Saavedra Loyola, (y) tuvo, entre otras, la misión de la desarticulación del Partido Comunista y de su Juventud«.

«Esta agrupación tenía su sede en el edificio ubicado en calle Juan Antonio Ríos Nº6 de la comuna de Santiago, denominado ‘JAR-6’, y utilizaba como centros de detención y tortura los recintos ‘Remo Cero’, situado en el Regimiento de Artillería Antiaérea de Colina; ‘La Firma’, ubicada en calle Dieciocho frente al Nº 229 de la comuna de Santiago; la ‘Casa de Solteros’, emplazada en calle Bellavista Nº 125 de la comuna de Providencia y la 24º Comisaría de Carabineros, situada en calle Las Tranqueras Nº 840 de la comuna de Las Condes», detalla el fallo.

Respecto a este caso en específico, la ministra determinó que «el 2 de febrero de 1976, alrededor de las 14:30 horas, Ulises Merino Varas, dirigente de la Juventud Comunista (JJ.CC), fue detenido, sin derecho, por agentes del ‘Comando Conjunto’, en las inmediaciones de la Municipalidad de La Granja (…), posteriormente, (…) estuvo privado de libertad en ‘Remo Cero’, ‘La Firma’, la 24º Comisaría de Carabineros de Las Condes y la ‘Casa de Solteros’».

«A fines de abril de 1976, Merino Varas fue trasladado nuevamente a ‘La Firma’, desconociéndose desde esa fecha su paradero”, concluyó el fallo judicial.

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