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Contraloría: Trabajadores públicos a honorarios deberán ser contratados gradualmente

Por: El Desconcierto | Publicado: 11.01.2022
Contraloría: Trabajadores públicos a honorarios deberán ser contratados gradualmente Edificio de Contraloría (referencial) | Agencia Uno
Desde la CGR indicaron que decidieron actualizar la jurisprudencia basándose en que es una fórmula sobreutilizada en la Administración del Estado que deja en desprotección laboral a los funcionarios, pese a cumplir prácticamente el mismo régimen laboral que los que están de planta y contrata.

Este martes, la Contraloría General de la República presentó un dictamen que restringe las contrataciones de honorarios, salvo para situaciones excepcionales. Desde el organismo esperan que para 2023 esta nueva jurisprudencia tenga plena aplicación.

El Contralor General de la República, Jorge Bermúdez, señaló sobre el dictamen, el cual dice que funcionarios a honorarios podrán pasar a contrata de manera gradual, que “es una normativa que hacía mucho tiempo que no se aplicaba tal como se establece”.

“Eso no quiere decir que no va a haber contratados a honorarios, pero que las personas que pasan a desempeñar la función pública, la labor que es habitual del servicio, van a tener que estar en una vinculación que es pública y no con el contrato a honorarios que es una situación mucho más precaria”, agregó.

Desde la CGR indicaron que decidieron actualizar la jurisprudencia basándose en que es una fórmula sobreutilizada en la Administración del Estado que deja en desprotección laboral a los funcionarios, pese a cumplir prácticamente el mismo régimen laboral que los que están de planta y contrata.

Asimismo, explicaron que cuando un funcionario a honorarios es despedido, éste puede recurrir a los tribunales, logrando el pago de cuantiosas indemnizaciones, que contemplan cotizaciones y demás recargos legales.

Considerando las situaciones ya descritas, la CGR optó por reinterpretar el artículo 11 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y el artículo 4° de la ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales que habilitan la contratación sobre la base de honorarios.

Por otro lado, el régimen de honorarios se mantendrá de manera excepcional para asesorías específicas, funciones en gabinetes y otras situaciones, aplicándose el nuevo criterio a las nuevas contrataciones que no tenían un contrato a honorarios vigente al 31 de diciembre de 2021.

Además, los funcionarios a honorarios que cuenten con al menos dos renovaciones al 31 de diciembre de 2022 deberán ser traspasados a la contrata, y respecto de los que tengan menos que ese tiempo, será decisión del jefe del servicio realizar o no el traspaso.

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