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Denuncian en la justicia a pareja que rayó petroglifos en cerros del Valle del Elqui

Por: El Desconcierto | Publicado: 16.02.2022
Denuncian en la justicia a pareja que rayó petroglifos en cerros del Valle del Elqui Pareja fue denunciada en la justicia |
A través de redes sociales, el alcalde de Paihuano dio a conocer la denuncia que presentaron en la justicia, contra una pareja que rayó con spray los petroglifos en los cerros del Valle del Elqui, causando un daño irreparable al sitio histórico.

El alcalde de Paihuano, Hernán Ahumada, confirmó la denuncia en la justicia contra una pareja que, sin medir las consecuencias, se bajó de su automóvil para rayar con spray los petroglifos del Valle del Elqui, causando un daño irreparable.

En redes sociales, el jefe comunal expresó que “es realmente lamentable y triste cuando suben personas a Paihuano a dañar nuestro mágico y hermoso entorno. Estas son las visitas que no queremos que vengan. Como municipio ya hicimos las acciones pertinentes en el Juzgado de Policía Local, con las pruebas fotográficas”.

Las imágenes comenzaron a ser viralizadas desde el lunes por la cuenta de Twitter del director de la Escuela de Publicidad de la Universidad Diego Portales (UDP), Cristián Leporati.

“Hoy pasado Cochiguaz y en camino a los petroglifos de El Pangue en Paihuano, encontré a esta pareja dejando para la posteridad su ‘amor’ con un esmalte spray rojo en una roca a la orilla del camino. Los increpé… imaginen la respuesta”, escribió.

Es un delito

De acuerdo a la legislación vigente en Chile, rayar estos sitios históricos representa el delito de Destrucción de Monumentos o Patrimonio Cultural, el cual tiene multas que incluso pueden ser de presidio.

En Chile, la conducta consistente en la destrucción de monumentos, en general, es sancionada por la Ley N° 17.288, de 1979, sobre Monumentos Nacionales, con pena de presidio menor en su grado medio a máximo y multa de 50 a 200 UTM ($3 millones a $11 millones aproximadamente).

Esta ley concede acción popular para denunciar cualquier infracción a ella, y establece un premio para el denunciante del 20% del producto de la multa que se aplique. Además, el artículo 486 del Código Penal sanciona la destrucción de monumentos con reclusión menor en su grado mínimo y multa de 5 UTM, y con reclusión menor en sus grados mínimo a medio, y con multa de 6 a 10 UTM, dependiendo de si el valor del daño es de 1 a 4 UTM o de 4 a 40 UTM, respectivamente.

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