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Nueva sanción: Corte ratifica multa contra Chilevisión por «cobertura sensacionalista»

Por: El Desconcierto | Publicado: 22.02.2022
Nueva sanción: Corte ratifica multa contra Chilevisión por «cobertura sensacionalista» Imagen referencial | Agencia Uno
La sanción fue determinada por el CNTV, organismo que estimó que el canal de televisión realizó una «cobertura sensacionalista y con información errada» del caso de Tomás Bravo, niño que desapareció en febrero del año pasado y posteriormente fue encontrado muerto.

Este martes la Corte de Apelaciones de Santiago confirmo una multa cursada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a Chilevisión por «cobertura sensacionalista y con información errada».

En detalle, las trasmisiones cuestionadas fueron sobre el caso de Tomás Bravo, niño que desapareció en Caripilún el 17 de febrero de 2021 y posteriormente fue hallado muerto.

En un fallo unánime, la segunda sala del tribunal de alzada determinó que el CNTV no actuó de manera arbitraria, como acusó la emisora, y confirmó la multa por las trasmisiones del 26 de febrero del año pasado, día en que fue encontrado el cuerpo de Tomás Bravo.

«Los servicios de televisión, en la comunicación de los hechos que revistan características de delitos, de catástrofe y de situaciones de vulneración de derechos o de vulnerabilidad, deben otorgar un tratamiento que respete la dignidad de las personas, evite el sensacionalismo, la truculencia y la victimización secundaria«, expuso el fallo judicial.

Luego, la corte argumentó que «corresponde al Consejo Nacional de Televisión la supervisión del cumplimiento, por parte de los medios de comunicación, de lo dispuesto (…) En el caso de marras, el Consejo pudo comprobar que la recurrente (Chilevisión) incumplió precisamente la disposición antes señalada».

En detalle, la acción cuestionada fue entregar «al público información errónea durante más de 8 horas con una extensa cobertura en vivo, sindicando como culpable de un delito al señor Jorge Escobar (el tío abuelo de Tomás), elucubrando sobre sus motivaciones para cometerlo, sin verificar las fuentes de la información, debiendo corregir el contenido de la misma luego de ocho horas de transmisión».

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